De que trata el artículo 50 de la constitución Política de Colombia
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ARTICULO 50.
Todo niño menor de un año que no esté cubierto por algún tipo de protección o de seguridad social, tendrá derecho a recibir atención gratuita en todas las instituciones de salud que reciban aportes del Estado.
Explicación:
michelledayannp5myvk:
necesito la explicación no el artículo
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