Derecho , pregunta formulada por gprm2308, hace 9 meses

de que se trata el articulo 7.2 de la ley de propiedad horizontal​


brian7623: ???

Respuestas a la pregunta

Contestado por sofibotto07
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1. Como es conocido, el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) dispone que el presidente de la comunidad, con autorización de la junta de propietarios y previo requerimiento al efecto (a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes), podrá ejercitar la acción de cesación de las actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas, frente al propietario y el ocupante del piso o local que las realice.

Espero haberte ayudado


gprm2308: muchas gracias
Contestado por brian7623
0

Respuesta:

nose

Explicación:

porque nose perdon

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