Historia, pregunta formulada por ivanacanul, hace 3 meses

¿De qué nos habla el artículo 5º constitucional?
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Respuestas a la pregunta

Contestado por cajilemashirley315
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Respuesta:

ARTICULO 5o.- Para el ejercicio de una o varias especialidades, se requiere autorización de la

Dirección General de Profesiones, debiendo comprobarse previamente: 1.- Haber obtenido título relativo

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