Derecho , pregunta formulada por oliversanz, hace 5 meses

De qué nos habla el artículo 13° de nuestra Constitución mexicana ​

Respuestas a la pregunta

Contestado por julisachavezmontoya
2

Respuesta:

1 Artículo 13.- Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. Ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni gozar más emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley.

Contestado por evelindayanamancerao
0

Respuesta:

Artículo 13.- Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. Ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni gozar más emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley.

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