Ciencias Sociales, pregunta formulada por adriana231195, hace 11 meses

de que no habla el artículo cuarto?? ​

Respuestas a la pregunta

Contestado por sara0910
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Artículo 4o. La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales. Es deber de los nacionales y de los extranjeros en Colombia acatar la Constitución y las leyes, y respetar y obedecer a las autoridades.

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