Historia, pregunta formulada por kimberlyvisas, hace 1 año

de que manera se comunican los ciudadanos con las autoridades que los representan


leticiadominguez: Hola
leticiadominguez: No tengo espacio para descargar la app

Respuestas a la pregunta

Contestado por anvilolxdv
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Respuesta:

1. El derecho de petición puede ser presentado de manera verbal o escrita. Si la solicitud es  verbal, puede acercarse a la entidad pública o privada explicando claramente cuál es la solicitud o queja y aportando la información necesaria, como teléfono y dirección, para recibir una respuesta acorde a lo solicitado.

Si la solicitud es escrita, podrá presentar carta en la cual deberá estar consignada la siguiente información:

- La autoridad o persona a la que se dirige la petición.  

- Nombre completo, número de cédula o documento de identificación del solicitante y las indicaciones claras del lugar o dirección donde puede recibir la respuesta, siendo posible una dirección de correo electrónico, si prefiere recibir la respuesta por este medio.    

- Lo que solicita, en términos claros y precisos, así como las razones que justifican la solicitud. No es necesario que en el escrito se diga expresamente, que se trata de un derecho de petición.  

- Cuando se trate de solicitudes que tengan requisitos especiales fijados por ley o reglamentos, el peticionario presentará los documentos o demás requisitos que se exigen.

2. Luego de presentar la petición, la entidad trasladará la misma al ente competente para responderla y tendrá un plazo de 15 días contados desde el día siguiente a la recepción de la solicitud, excepto cuando:

- Se solicite la entrega de información o documentos, para lo cual el plazo para responder es de 10 días. Luego de este plazo, si no se ha recibido respuesta se entenderá aceptada la petición y la entidad pública o privada contará con 3 días para hacer la entrega de los elementos solicitados.

- Se eleve una consulta especializada a las autoridades en relación con las materias a su cargo, para lo cual tendrán un plazo de 30 días contados a partir de la recepción de la petición para dar respuesta.

3. Dando cumplimiento a los plazos, la entidad pública o privada a la cual se le presente la petición dará respuesta a la solicitud, de manera escrita y será enviada a la dirección de contacto entregada por el peticionario. Si la entidad no puede cumplir con el plazo, tendrá que explicar por escrito el porqué de la demora y no podrá exceder el doble del plazo estipulado para dar una respuesta definitiva.

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