¿De qué manera queda una persona reseñada con antecedentes penales?.
Respuestas a la pregunta
Contestado por
0
Respuesta:
ARTICULO 248. Unicamente <sic> las condenas proferidas en sentencias judiciales en forma definitiva tienen la calidad de antecedentes penales y contravencionales en todos los órdenes legales.
Otras preguntas