Ciencias Sociales, pregunta formulada por xKrossFort, hace 10 días

• De la Fuente Nº 1 y la Fuente Nº 2 ¿Qué diferencias y semejanzas encuentras en ambas fuentes con relación al Virrey?

FUENTE1* Los virreyes no eran oficiales, no desempeñaban un cargo, sino que hacían las veces de soberano, y su autoridad no residía en una concesión administrativa, sino en su calidad de miembros de la familia real. El título de Virrey de Sicilia, de Portugal, Cataluña o Perú, como aparece en muchos documentos, contenía el reconocimiento a sus titulares de ser “primos” o “parientes” del monarca. Así por ejemplo, en el inicio de la Ordenanza que envía el Rey Felipe III al Marqués de Montesclaros (a la sazón, Virrey del Perú) en 1609, se lee: El Rey al Marqués de Montesclaros, pariente mi Virrey, Gobernador, y Capitán General de las Provincias del Perú, o a la persona, o personas, a cuyo cargo fuere el gobierno de este Reino, por una cédula mía de diferentes capítulos, fecha a Veinte y cuatro de Noviembre, del año pasado... (BNM, R/17270, 49).

FUENTE 2* Fueron los virreyes unos altos funcionarios que gozaron de un complejo conjunto de atribuciones hasta entonces nunca igualadas y de la máxima confianza de la Corona. Nos interesa recordar lo que dice al respecto la Recopilación de las Leyes de los Reinos de las Indias, que recoge a los «virreyes como lugartenientes del rey, pueden hacer y proveer lo que la real persona y sean obedecidos como quien tiene sus veces, sin replicar su interpretación so penas en que incurren los que no obedecen las órdenes reales, y las que fueren impuestos y las que ordenaren y mandaren el rey lo tendrá por firme y valedero».

Características generales de los virreyes eran su obligación de correlacionarse y coordinarse entre sí, especialmente impuesta a los de Nueva España y Perú; disponer de una guardia personal; en su mayoría no eran juristas, por ello el control técnico-jurídico se encarga a la Audiencia; pero al nombrarlos el rey, cuida que sean personas de una demostrada capacidad política y que tengan una cierta sensibilidad ética hacia el interés general, lo que le permite pedir para ellos una obediencia generalizada; son personas que se ven sujetas a un régimen bastante restringido de incompatibilidades que limitan ampliamente su capacidad de obrar.

Respuestas a la pregunta

Contestado por misaelgustavo2011
1

Respuesta:

Tengo que ir a la oficina


xKrossFort: XD
xKrossFort: y la respuesta?
Otras preguntas