de acuerdo supremo número 108 los objetivos de las normas de seguridad son
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Bolivia: Decreto Supremo Nº 108, 1 de mayo de 2009
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1 del Parágrafo I del Artículo 46 de la Constitución Política del Estado, establece que toda persona tiene derecho al trabajo digno, con seguridad industrial, higiene y salud ocupacional, sin discriminación.
Que la Ley General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar aprobada mediante el Decreto Ley Nº 16998 de 2 de agosto de 1979, tiene entre sus objetivos garantizar las condiciones adecuadas de salud, higiene, seguridad y bienestar en el trabajo. Asimismo, la mencionada norma establece que la presente Ley es aplicable a las actividades desempeñadas por cuenta del Estado: Gobierno Central; Gobierno Local; Instituciones Descentralizadas y Autónomas; Empresas y Servicios Públicos; y en general todas aquellas entidades públicas o mixtas existentes o por crearse.
Que por su parte el Artículo 371 de la citada Ley define como ropa de trabajo a las prendas de vestir que, además de cumplir con la función básica de toda vestimenta, son las más aptas para realizar determinados trabajos por razón de su resistencia o diseño. Asimismo, el Artículo 374, define a los equipos de protección personal como todos los aditamentos o substitutos de la ropa de trabajo cuya función es estrictamente de protección a la persona contra uno o más riesgos de un trabajo específico.
Que el inciso d) del Artículo 87 del Decreto Supremo Nº 29894 de 7 de febrero de 2009, determina que el Viceministerio de Trabajo y Previsión Social tiene la función de promover políticas de prevención de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo; así como la difusión y el cumplimiento de normas laborales, de seguridad y salud ocupacional.
Que los Artículos 46 y 47 del Decreto Supremo Nº 29190 de 11 de julio de 2007, establecen márgenes de preferencia y factores de ajuste para bienes y servicios de producción nacional.
Que el Decreto Supremo Nº 29727 de 1 de octubre de 2008 crea PROMUEVE - BOLIVIA como una entidad pública desconcentrada, dependiente del actual Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, destinada a facilitar, impulsar y promover las exportaciones y el turismo de Bolivia en el exterior en los sectores público, privado, comunitario y mixto, en el marco de un patrón exportador diversificado y con mayor valor agregado.
Que en el marco de las políticas de desarrollo productivo y generación de empleo establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo, corresponde a los Ministerios de Desarrollo Productivo y Economía Plural y de Trabajo, Empleo y Previsión Social establecer mecanismos de seguimiento al cumplimiento de la normativa laboral vigente relacionada a la seguridad ocupacional e implementar políticas de promoción de la producción nacional.
Explicación:
MI CORONA POR FAVOR