Derecho , pregunta formulada por quimeymelody, hace 3 meses

De acuerdo a nuestro régimen fiscal, entendemos que la recaudación de tributos puede ser a nivel nacional, provincial y municipal. Enumere ejemplos de: impuestos nacionales, impuestos provinciales y tasas municipales.

Respuestas a la pregunta

Contestado por raptorgalvezruiz34
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Respuesta:

Los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley. Constituyen rentas de las municipalidades, entre otros, los tributos creados por ley a su favor, las contribuciones, tasa, arbitrios, licencias y derechos creados por Ordenanza Municipal, conforme a ley y los recursos asignados del Fondo de Compensación Municipal.  

 

MARCO LEGAL

Decreto Legislativo Nº 776

 

Los ingresos municipales se sustentan en:

 

Los impuestos municipales  

Las contribuciones y tasas que determinen los Concejos Municipales mediante Ordenanzas  

Los impuestos nacionales creados a favor de las Municipalidades distribuidos mediante el Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN  

Participación de la recaudación de tributos a favor de las municipalidades.  

Otros ingresos que perciban las municipalidades

 

 

IMPUESTOS MUNICIPALES

 

Administración Distrital  

Impuesto Predial  

Impuesto a los Juegos (pimball, bingo, rifas y similares)  

Impuesto de Alcabala  

Impuesto a los Espectáculos Públicos no deportivos  

Administración Provincial  

Impuesto al Patrimonio Vehicular  

Impuesto a las Apuestas  

Impuesto a los Juegos (loterías)  

 

CONTRIBUCIONES Y TASAS MUNICIPALES

 

Contribuciones Municipales  

Contribución Especial de Obras Públicas  

Tasas Municipales  

Tasas por servicios públicos o arbitrios.  

Tasas por servicios administrativos o derechos.  

Tasa por las licencias de apertura de establecimientos.

Tasas por estacionamiento de vehículos.  

Tasa de Transporte Público.  

Otras tasas por la realización de actividades sujetas a fiscalización o control municipal extraordinario.  

 

TRIBUTOS NACIONALES CREADOS A FAVOR DE LAS MUNICIPALIDADES  

 

Impuesto de Promoción Municipal: 2% de las operaciones afectas al IGV.  

Impuesto al Rodaje: aplicable a las gasolinas, con tasa del 8% sobre el precio ex-planta en el caso de venta al país; o del valor CIF tratándose de la importación.  

Impuesto a las Embarcaciones de Recreo: 5% del valor de las embarcaciones.

Explicación:

ya linda gracias


raptorgalvezruiz34: gramix
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