Historia, pregunta formulada por derickvalentina1205, hace 10 meses

cuatro artículos de la ley de convivencia y ciudadanía ​

Respuestas a la pregunta

Contestado por eleuteriolopesangela
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Respuesta:

Artículo 4 - DEL DERECHO A LA VIDA

El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Se garantiza su protección, en general, desde la concepción. Queda abolida la pena de muerte. Toda persona será protegida por el Estado en su integridad física y psíquica, así como en su honor y en su reputación. La ley reglamentará la liberta de las personas para disponer de su propio cuerpo, sólo con fines científicos o médicos.

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