Cuanto es la jornada semanal del personal administrativo de un hotel
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Los trabajadores que cumplen funciones en hoteles, restaurantes o clubes, siempre que el movimiento diario sea notoriamente escaso, y que deban mantenerse constantemente a disposición del público, pueden pactar con su empleador una jornada prolongada de 12 horas diarias, distribuidas en un máximo de cinco días a la semana. Estos trabajadores tienen derecho, dentro de esta jornada, a un descanso de una hora, que se considera parte de la misma. La jornada prolongada no se aplica al personal administrativo, lavandería, lencería y cocina, quienes están afectos a la jornada máxima de 45 horas semanales.
Explicación:
De conformidad con lo establecido en el artículo 27 del Código del Trabajo, la jornada de 45 horas semanales que se establece el artículo 22 del referido Código no se aplica respecto de las personas que trabajan en hoteles, restaurantes o clubes, cuando en todos estos casos, el movimiento diario sea notoriamente escaso, y los trabajadores deban mantenerse constantemente a disposición del público. En estos casos los trabajadores no pueden permanecer más de 12 horas diarias en el lugar de trabajo y tienen derecho, dentro de esta jornada, a un descanso no inferior a una hora. Quedan exceptuados de lo señalado precedentemente los trabajadores que cumplen labores como administrativos y aquellos que laboran en lavandería, lencería o cocina, los cuales están afectos a una jornada máxima de 45 horas semanales.