¿cuánto dura el período de gobierno de mandatario?
Respuestas a la pregunta
Respuesta: ARGENTINA
Artículo 90.- El presidente y vicepresidente duran en sus funciones el termino de cuatro años y podrán ser reelegidos o sucederse recíprocamente por un solo periodo consecutivo. Si han sido reelectos o se han sucedido recíprocamente no pueden ser elegidos para ninguno de ambos cargos, sino con el intervalo de un periodo.
Artículo 91.- El presidente de la Nación cesa en el poder el mismo día en que expira su periodo de cuatro años, sin que evento alguno que lo haya interrumpido, pueda ser motivo de que se le complete mas tarde.
BOLIVIA
Artículo 87.- El mandato improrrogable del Presidente de la República es de cinco años. El Presidente puede ser reelecto por una sola vez después de transcurrido cuando menos un Periódo Constitucional.
El mandato improrrogable del Vicepresidente es también de cinco años. El Vicepresidente no puede ser elegido Presidente ni Vicepresidente de la República en el Periodo siguiente al que ejerció su mandato.
BRASIL
Art. 82. (*) O mandato do Presidente da República é de cinco anos, vedada a reeleição para o período subseqüente, e terá início em 1.º de janeiro do ano seguinte ao da sua eleição.
(*) Emenda Constitucional de Revisão Nº 5, de 1994
(*) Emenda Constitucional Nº 16, de 1997 (permite la reelección por un único período)
CHILE
Artículo 25.-... El Presidente de la República durará en el ejercicio de sus funciones por el término de seis años y no podrá ser reelegido para el período siguiente.
COLOMBIA
Artículo 190.- El Presidente de la República será elegido para un período de cuatro años, por la mitad más uno de los votos que, de manera secreta y directa, depositen los ciudadanos en la fecha y con las formalidades que determine la ley. ...
COSTA RICA
Artículo 134.- El período presidencial será de cuatro años.
Los actos de los funcionarios públicos y de los particulares que violen el principio de alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia, o el de la libre sucesión presidencial, consagrados por esta Constitución implicarán traición a la República. La responsabilidad derivada de tales actos será imprescriptible.
CUBA
Artículo 92.- El mandato confiado al Consejo de Estado por la Asamblea Nacional del Poder Popular expira al tomar posesión el nuevo Consejo de Estado elegido en virtud de las renovaciones periódicas de aquella.
ECUADOR
Artículo 98.- Normas de elección.
Artículo 164.- Composición del Órgano Ejecutivo.
EL SALVADOR
Artículo 154.- El período presidencial será de cinco años y comenzará y terminará el día primero de junio, sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más.
GUATEMALA
Artículo 184.- (Reformado) Elección del Presidente y Vicepresidente de la República. El Presidente y Vicepresidente de la República, serán electos por el pueblo para un período improrrogable de cuatro años, mediante sufragio universal y secreto.
Si ninguno de los candidatos obtiene la mayoría absoluta se procederá a segunda elección dentro de un plazo no mayor de sesenta ni menor de cuarenta y cinco días, contados a partir de la primera y en día domingo, entre los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas.
Artículo 187.- Prohibición de reelección. La persona que haya desempeñado durante cualquier tiempo el cargo de Presidente de la República por elección popular, o quien la haya ejercido por más de dos años en sustitución del titular, no podrá volver a desempeñarlo en ningún caso. La reelección o la prolongación del período presidencial por cualquier medio, son punibles de conformidad con la ley. El mandato que se pretenda ejercer será nulo.
HONDURAS
Artículo 237.- El período presidencial será de cuatro años y empezará el veintisiete de enero siguiente a la fecha en que se realizo la elección.
Artículo 239.- El ciudadano que haya desempeñado la titularidad del Poder Ejecutivo no podrá ser presidente o designado. El que quebrante esta disposición o proponga su reforma, así como aquellos que lo apoyen directa o indirectamente, cesarán de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos, y quedarán inhabilitados por diez años para el ejercicio de toda función pública.
MÉXICO
Artículo 83.- El Presidente entrara a ejercer su encargo el 1. de diciembre y durara en el seis años. El ciudadano que haya desempeñado el cargo de Presidente de la República, electo popularmente, o con el caracter de interino, provisional o substituto, en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a desempeñar ese puesto.
NICARAGUA
Artículo 148.- El Presidente y Vicepresidente del a República electos tomarán posesión de sus cargos ante la Asamblea Nacional, en sesión solemne, y prestarán la promesa
Explicación:No se de que país así que aqui tienes
Respuesta:
cuanto dura el periodo de gobierno de un mandatario.
Explicación:
Tradicionalmente se ha sostenido a favor de un período presidencial largo, esto es 6 ó más años, que el gobierno necesita un tiempo suficiente para desarrollar integralmente un programa y obtener resultados fructíferos. Se asegura, también, mayor estabilidad y continuidad del gobierno evitando las posibles alteraciones que producen los cambios de mando y orientación en las elecciones.
Sin embargo, son muchas las razones que nos inclinan a preferir un período presidencial más corto.