Ciencias Sociales, pregunta formulada por coroneloriana19, hace 10 meses

cuando volvió a entrar en vigencia este feriado​


saralondonogra: QUE?

Respuestas a la pregunta

Contestado por 123lool
2

Respuesta:

¿Ya estás pensando en tus vacaciones de 2020? Para que pueda organizarlas con tiempo, EXPRESO te presenta el calendario de los feriados nacionales. El objetivo: saber qué días tocará descansar. El Gobierno Nacional y el Ministerio de Turismo han realizado una planificación de asuetos cuyo fin es brindar a los trabajadores — tanto del sector público como del privado— comodidades en las fechas para que puedan disfrutar de estos días de descanso nacional. Según Turismo y la Ley de Feriados vigente, el calendario anticipado a nivel nacional queda de la siguiente manera:

FERIADOS NACIONALES 2020

Miércoles 1 de enero Año nuevo (no recuperable)

Lunes 24 y martes 25 de febrero Feriado de Carnaval (no recuperable)

Viernes 10 de abril Viernes Santo (no recuperable)

Viernes 1 de mayo Día del Trabajo (no recuperable)

Lunes 25 de mayo Batalla de Pichincha (no recuperable)

Lunes 10 de Agosto Primer Grito de Independencia (no recuperable)

Lunes 2 de noviembre Día de los Difuntos (no recuperable)

Martes 3 de noviembre Independencia de Cuenca (no recuperable)

Viernes 25 de diciembre Navidad (no recuperable)

¿Cuántos feriados le quedan al 2020?Hasta el momento, los días de feriados que quedan para este 2020 son los de noviembre: 2 por el Día de los Difuntos; y el 3 por celebrarse la Independencia de cuenca. El lunes 2 y martes 3 de noviembre se suman al fin de semana para tener el último feriado nacional de cuatro días de este 2020, el asueto se iniciará el sábado 31 de octubre. Estos días son de descanso obligatorio y no son recuperables.

Explicación:

Contestado por Edgarpuma
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Respuesta: Este lunes 7 y martes 8 de diciembre se dará el último fin de semana extra largo del 2020: ambos días son feriados nacionales establecidos por la ley 27.399, es decir que el Estado y los privados están obligados a otorgarles el día a sus empleados o a liquidarlo según lo establece la ley.


Edgarpuma: ojala que te ayude
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