¿Cuándo un trabajador puede dar inicio a su descanso o feriado y cuántos son los descansos legales en Chile?
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Respuesta: esa es mi respuesta
Explicación:
En consecuencia, del señalado precepto legal se infiere que los días 1 de mayo, 18 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero de cada año, son feriados obligatorios e irrenunciables para todos los dependientes del comercio, con excepción de aquellos que se desempeñen en clubes, restaurantes, establecimientos de ...
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