cuando se recepcione una pqr2s de manera verbal y el funcionario evidencie que no es competencia de la policía nacional deberá informar tal situación al peticionario de manera inmediata y si tal solicitud fue realizada por escrito
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En caso de que la solicitud recibida haya sido realizada por escrito y el funcionario evidencie que no es competencia de la policía nacional deberá informar en un plazo máximo de cinco días (contados a partir de su recepción), momento en el cual debe hacer saber sobre el trámite o gestión adelantada al ciudadano para que este pueda efectuar seguimiento a su petición.
Es pertinente resaltar que dicha resolución forma parte de la ''Guía para la Atención de peticiones, quejas, reclamos, reconocimientos del servicio policial y sugerencias'' de fecha 28 de Agosto del año 2018.
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