Cuando se elige el personero estudiantil
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
El personero estudiantil, debe ser un estudiante que curse el ultimo grado de un establecimiento de educación básica o de educación media, será elegido dentro de los 50 días calendario siguiente al de la iniciación de clases del periodo locativo anual, se elige mediante voto secreto.
El personero estudiantil promueve el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la Constitución Política y el Manual de Convivencia.
En este orden de ideas el Personero Estudiantil, para que cumpla sus funciones exitosamente, tratara de involucrar a los estudiantes desde los primeros grados, haciendo así del contorno estudiantil una escuela de democracia.
Explicación:
FUNCIONES PERSONERO ESTUDIANTIL
Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.
Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.
Presentar ante el rector o el Director Administrativo, según sus peticiones, las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
Cuando considere necesario apelar ante el consejo directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.
Permanente defensa de los intereses de los estudiantes.
Promover y velar porque el estudiante actue con libertad y respeto de conciencia.
Estar atento al cumplimiento del manual de Convivencia.
Asesorar con criterio serio al estudiante que sea sancionado para que interponga los recursos ante las autoridades del Plantel Educativo.
Instruir debidamente a los estudiantes que manifiesten la intención de formular alguna petición o queja.
Promover la ejecución de las leyes, disposiciones administrativas y Manual de Convivencia, que se refieran a la organización y actividad del establecimiento Educativo.