Cuando se debita y acredita intereses positivos a devengar? .
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Se debita: a medida que transcurre el tiempo devengándose los intereses.
Se acredita: por los intereses positivos (ganados) no devengados que se encuentran incluidos en los documentos que recibimos.
Se acredita: por los intereses positivos (ganados) no devengados que se encuentran incluidos en los documentos que recibimos.
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