Cuando procede devolución de crédito fiscal y cuando no procede devolución en respecto a las compras y ventas de bienes y servicios?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Por un lado, los impuestos representan una fuente importante de financiación de los gastos del Estado, y por otro, configuran un deber ciudadano como colaboración en las cargas públicas, no todas las veces que liquidamos o presentamos una declaración de impuestos, es necesario que realicemos algún pago en favor del Estado, pues, en ocasiones, es el Estado quien debe retornar a los contribuyentes los excesos de impuesto liquidado. Es decir, cuando se generan saldos a favor.
Los saldos a favor en las declaraciones tributarias pueden resultar como producto de diferentes fenómenos económicos o jurídicos, por ejemplo, cuando las retenciones en la fuente que me han practicado superan el valor del impuesto liquidado en mi declaración tributaria, o como cuando por efecto de las exenciones en determinado tributo, se genera un valor a devolver al contribuyente. Estos saldos a favor pueden ser, a elección del interesado, devueltos y/o compensados previa solicitud, o imputados en otras declaraciones tributarias.