Cuando la obligación correspondiente incumbe a uno o varios sujetos individualmente determinados se refiere a un derecho?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Lo primero que hay que anotar en el tema, es la noción de conceptos jurídicos
fundamentales; por tales se entienden:
“() las categorías o nociones irreductibles, en cuya ausencia resultaría imposible
entender un orden jurídico cualquiera.”1
Hay que dejar en claro, que una cosa son los conceptos jurídicos fundamentales o
categoría jurídicas2
, y otra cosa, los conceptos históricos o contingentes3
, porque
estos últimos no están presenten en todo ordenamiento jurídico positivo, lo que sí
acontece con aquellos, ya que son parte constitutiva del sistema jurídico.
La teoría fundamental del Derecho tiene por tarea la explicación de los conceptos
jurídicos fundamentales, y se ubica, como una rama de la Filosofía del Derecho, a
la par de la otra de sus ramas, que está representada por la Axiología Jurídica.
Hay dos tipos de Conceptos Jurídicos Fundamentales:
A) Los de carácter formal.
B) Los de carácter material.
A) El primero de este tipo de concepto jurídico, es el “supuesto jurídico”, que es
“() la hipótesis de cuya realización dependen las consecuencias establecidas por
la norma. ()”4
Respuesta:
derecho relativo
Explicación:
derecho relativo