¿cuando es improcedente el juicio de amparo?
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Cuando haya cesado el efecto de la acción reclamada; la acción reclamada no pueda producir efectos legales o materiales porque el objeto o cosa de la acción ya no existe; en otras circunstancias que sean inadmisibles por cualquier disposición de la ley.
Espero que te sirva :)
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