¿cuales son tus derechos frente a una posible detencion?
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Ser informado de manera específica y clara, acerca de los hechos que se le imputaren y los derechos que le otorgan la Constitución y las leyes.
Conocer el motivo de tu detención: El detenido tiene el derecho a conocer el motivo de su detención y a ver la orden de detención. Salvo que sea sorprendido "in fraganti".
Guardar silencio: El detenido tiene derecho a guardar silencio y no puede ser obligado a declarar.
Declarar: El detenido tiene derecho a declarar, si quiere, pero sin que le tome juramento. Mientras declara no puede ser sometido a presiones.
No ser tratado como culpable: Que no se le considere culpable ni se le trate como tal mientras no sea condenado por una sentencia firme y, a no ser sometido a tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes. No puede ser obligado a someterse a exámenes corporales a menos que lo ordene el juez.
A que se sepa que está detenido: Que en su presencia, se informe a su familia o a otras personas conocidas que se encuentra detenido, por qué motivo y en qué lugar.
Comunicarse y ser visitado: El detenido tiene derecho a recibir visitas y comunicarse con el exterior, a menos que el juez lo prohíba hasta por un plazo máximo de 10 días.
Ser asistido por un abogado de confianza y a entrevistarse privadamente con él.
Plazo de detención: Ser trasladado ante la presencia del juez, a más tardar dentro de 24 horas. En la misma audiencia el juez puede ampliar la detención hasta por 3 días más.
Que un juez se pronuncie sobre su detención: Que un juez examine la legalidad de su detención, las condiciones en que se encuentra y resuelva si procede o no dejarlo en libertad.
Conocer el motivo de tu detención: El detenido tiene el derecho a conocer el motivo de su detención y a ver la orden de detención. Salvo que sea sorprendido "in fraganti".
Guardar silencio: El detenido tiene derecho a guardar silencio y no puede ser obligado a declarar.
Declarar: El detenido tiene derecho a declarar, si quiere, pero sin que le tome juramento. Mientras declara no puede ser sometido a presiones.
No ser tratado como culpable: Que no se le considere culpable ni se le trate como tal mientras no sea condenado por una sentencia firme y, a no ser sometido a tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes. No puede ser obligado a someterse a exámenes corporales a menos que lo ordene el juez.
A que se sepa que está detenido: Que en su presencia, se informe a su familia o a otras personas conocidas que se encuentra detenido, por qué motivo y en qué lugar.
Comunicarse y ser visitado: El detenido tiene derecho a recibir visitas y comunicarse con el exterior, a menos que el juez lo prohíba hasta por un plazo máximo de 10 días.
Ser asistido por un abogado de confianza y a entrevistarse privadamente con él.
Plazo de detención: Ser trasladado ante la presencia del juez, a más tardar dentro de 24 horas. En la misma audiencia el juez puede ampliar la detención hasta por 3 días más.
Que un juez se pronuncie sobre su detención: Que un juez examine la legalidad de su detención, las condiciones en que se encuentra y resuelva si procede o no dejarlo en libertad.
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