Derecho , pregunta formulada por esquivelmarijo10, hace 21 días

cuáles son los tres límites de justicia alternativa


Respuestas a la pregunta

Contestado por AngeLuzOscura
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Respuesta:

La Justicia Alternativa es una herramienta para la solución de conflictos que forma parte del Nuevo Sistema de Justicia Penal. Tiene como propósito lograr un acuerdo entre los involucrados a través de la voluntad, la cooperación y el diálogo.

Explicación:

Los MASC y la verdad

Alcance: Alcance: Es primordial dentro de la justicia alternativa el que se dé voz en equidad no adversarial a ambas partes, con el fin de lograr un acuerdo post-delito. La Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal (LNMASCMP) contempla que dichos mecanismos son accesibles bajo expresa voluntad, siendo este un importante punto de partida, pues a través de este formato libre ambas partes se encargan de esclarecer el problema y proponer su solución. Así, el difícil ejercicio de verdad y diálogo fomenta la cultura de paz y el respeto con base en los derechos y obligaciones mutuos. Límite: La resolución del conflicto a través de MASC supone un alto grado de confianza entre las partes y, en consecuencia, su quiebre en la búsqueda de la verdad es la violación de la confidencialidad: «El Mecanismo Alternativo se dará́ por concluido si alguno de los Intervinientes revela información confidencial, sin perjuicio de las responsabilidades en que se incurra por tal conducta» [Artículo 19 de la LNMASCMP]. O sea, lo que pasa en el MASC, en él se queda.

Los MASC y la justicia

Alcance: La flexibilidad de este formato posibilita un pronto acceso a la justicia, al entendimiento mutuo y la reparación del daño a la víctima. La ley prevé tres tipos de MASC: Mediación, Conciliación y Junta restaurativa, los cuales dan centralidad a las partes y no al proceso, y sus diferencias residen en el grado de intervención del facilitador o el número de personas afectadas. Su importancia está en la capacidad de decisión de ambas partes: La solución del conflicto depende de ellas. Límite: El primer límite es la admisibilidad del MASC según la autoridad pública, cuya negativa podrá ser reconsiderada a petición. El segundo, la procedencia: «La mediación y la conciliación procederán en aquellos casos en que los hechos posiblemente constitutivos de delitos, deban ser investigados por querella y que no sean considerados como graves…»

Los MASC y la reparación del daño

Alcance: Es necesario dimensionar el valor de los MASC y el propósito de la justicia a partir de su grado de efectividad. Estos son, primordialmente, la reparación del daño a la víctima, que más allá de su componente material deriva en el fortalecimiento de la resiliencia social, o sea, la reparación de los vínculos rotos entre persona víctima-imputada-sociedad. En nuestro país, donde la percepción de justicia pende de un hilo, los MASC son la más viable de las soluciones ante la inseguridad y la descomposición del tejido social. Límite: Los MASC, en reparación del daño, no son absolutos: «Se dejarán a salvo los derechos de los Intervinientes respecto de lo no resuelto en el Acuerdo» [Artículo 31 de la LNMASCMP]. Sin embargo, la limitante de lo que significa la justicia alternativa (la justicia en sí) no es nada más que el simple compromiso mutuo y la responsabilidad individual, no solo de parte de las personas implicadas, sino de la sociedad entera y las autoridades públicas creadas para ello.

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