cuales son los requisitos para ser candidato de representación popular
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Explicación:
Presentar el formulario para la inscripción de candidatos (formulario E-6).
Entregar 2 fotografías 3x4 fondo claro por cada candidato inscrito, el tamaño de la cara debe ocupar 2/3 de alt.
Aval del partido o movimiento político que respalda la candidatura.
Presentar el documento de identificación: Cédula de ciudadanía. Si el candidato o candidatos no aportaren la cédula de ciudadanía por encontrarse en trámite, podrán anexar fotocopia de la contraseña.
Los candidatos a Gobernador y Alcalde deben presentar el programa de gobierno de conformidad con los señalado en el artículo 259 de la Constitución Política de Colombia y articulo1 de la ley 131 de 1994.
Cumplir los requisitos establecidos por la Constitución y la ley para ejercer el cargo al cual se aspira.
Para ser Presidente o Vicepresidente de la República: Ser colombiano por nacimiento, ciudadano en ejercicio y mayor de treinta años (artículos 191 y 204, Constitución Política de Colombia).
Para ser Senador de laRepública: Ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y mayor de treinta años de edad en la fecha de la elección (artículo 172, Constitución Política de Colombia).
Para ser Representante a la Cámara: Ser ciudadano en ejercicio y tener más de veinticinco años de edad en la fecha de la elección (artículo 177, Constitución Política de Colombia).
Para ser Diputado: Ser ciudadano en ejercicio, no haber sido condenado a pena privativa de la libertad, con excepción de los delitos políticos o culposos y haber residido en la respectiva circunscripción electoral durante el año inmediatamente anterior a la fecha de la elección. (artículo 299 de la Constitución Política, Modificado por el artículo 3 del Acto Legislativo 01 de 2007).
Para ser Alcalde Mayor de Bogotá: Ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y mayor de treinta años de edad en la fecha de la elección y haber residido en el Distrito durante los tres (3) años anteriores a la fecha de la inscripción. (artículo 36 del Decreto 1421 de 1993).
Para ser alcalde municipal: (artículo 86 de la Ley 136 de 1994) Ser ciudadano colombiano en ejercicio, haber nacido o ser residente en el respectivo municipio o de la correspondiente área metropolitana durante un (1) año anterior a la fecha de la inscripción de la candidatura o durante un período mínimo de tres (3) años consecutivos en cualquier época.
Para el caso de Grupos Significativos de Ciudadanos y comités promotores del voto en blanco, adicionalmente, listado de los apoyos ciudadanos en los formatos elaborados para tal fin y entregados por la Registraduría, póliza de garantía y logosímbolo.
Para el caso de candidatos que se postulen a Gobernación o Alcaldía, se anexará el plan de gobierno.