Historia, pregunta formulada por jjurtz1, hace 4 meses

cuales son los principios del preámbulo argentino que te parece que no se cumplen?​

Respuestas a la pregunta

Contestado por salomebacilio
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Respuesta:

soy mexicana asi que no se mucho de argentina aun que he estudiado un poco.

Explicación:

Preámbulo

Nos, los representantes del pueblo de la Nación Argentina, reunidos en Congreso General  

Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de  

pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar  

la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los  

beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del  

mundo que quieran habitar en el suelo argentino: invocando la protección de Dios, fuente de toda  

razón y justicia: ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución, para la Nación  

Argentina.  

Primera Parte

Capítulo Primero - Declaraciones, derechos y garantías

ARTÍCULO 1.- La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana  

federal, según lo establece la presente Constitución.  

ARTÍCULO 2.- La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no  

hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza.  

Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que  

la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas.  

ARTÍCULO 3.- Las autoridades que ejercen el Gobierno Federal, residen en la Ciudad que se  

declare capital de la República por una ley especial del Congreso, previa cesión hecha por una o  

mas legislaturas provinciales, del territorio que haya de federalizarse.

ARTÍCULO 4.- El Gobierno Federal provee a los gastos de la Nación con los fondos del Tesoro  

Nacional formado del producto de derechos de importación y exportación, del de la venta o  

locación de tierras de propiedad nacional, de la renta de correos, de las demás contribuciones  

que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso general, y de los  

empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo Congreso para urgencias de la  

Nación, o para empresas de utilidad nacional.  

ARTÍCULO 5.- Cada provincia dictará para sí una Constitución bajo el sistema representativo  

republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución  

Nacional; y que asegure su Administración de justicia, su régimen municipal, y la educación  

primaria. Bajo de estas condiciones el Gobierno Federal, garante a cada provincia el goce y  

ejercicio de sus instituciones.  

ARTÍCULO 6.- El Gobierno Federal interviene en el territorio de las provincias para garantir la  

forma republicana de gobierno, o repeler invasiones exteriores, y a requisición de sus  

autoridades constituidas para sostenerlas o restablecerlas, si hubiesen sido depuestas por la  

sedición, o por invasión de otra Provincia.  

ARTÍCULO 7.- Los actos públicos y procedimientos judiciales de una provincia gozan de entera  

fe en las demás; y el Congreso puede por leyes generales determinar cuál será la forma  

probatoria de estos actos y procedimientos, y los efectos legales que producirán.  

ARTÍCULO 8.- Los ciudadanos de cada provincia gozan de todos los derechos, privilegios e  

inmunidades inherentes al título de ciudadano en las demás. La extradición de los criminales es  

de obligación recíproca entre todas las provincias.

(son todas las que pude leer entre los pdf que tengo guardados :'>)

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