cuales son los principios del preámbulo argentino que te parece que no se cumplen?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
soy mexicana asi que no se mucho de argentina aun que he estudiado un poco.
Explicación:
Preámbulo
Nos, los representantes del pueblo de la Nación Argentina, reunidos en Congreso General
Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de
pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar
la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los
beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del
mundo que quieran habitar en el suelo argentino: invocando la protección de Dios, fuente de toda
razón y justicia: ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución, para la Nación
Argentina.
Primera Parte
Capítulo Primero - Declaraciones, derechos y garantías
ARTÍCULO 1.- La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana
federal, según lo establece la presente Constitución.
ARTÍCULO 2.- La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no
hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza.
Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que
la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas.
ARTÍCULO 3.- Las autoridades que ejercen el Gobierno Federal, residen en la Ciudad que se
declare capital de la República por una ley especial del Congreso, previa cesión hecha por una o
mas legislaturas provinciales, del territorio que haya de federalizarse.
ARTÍCULO 4.- El Gobierno Federal provee a los gastos de la Nación con los fondos del Tesoro
Nacional formado del producto de derechos de importación y exportación, del de la venta o
locación de tierras de propiedad nacional, de la renta de correos, de las demás contribuciones
que equitativa y proporcionalmente a la población imponga el Congreso general, y de los
empréstitos y operaciones de crédito que decrete el mismo Congreso para urgencias de la
Nación, o para empresas de utilidad nacional.
ARTÍCULO 5.- Cada provincia dictará para sí una Constitución bajo el sistema representativo
republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución
Nacional; y que asegure su Administración de justicia, su régimen municipal, y la educación
primaria. Bajo de estas condiciones el Gobierno Federal, garante a cada provincia el goce y
ejercicio de sus instituciones.
ARTÍCULO 6.- El Gobierno Federal interviene en el territorio de las provincias para garantir la
forma republicana de gobierno, o repeler invasiones exteriores, y a requisición de sus
autoridades constituidas para sostenerlas o restablecerlas, si hubiesen sido depuestas por la
sedición, o por invasión de otra Provincia.
ARTÍCULO 7.- Los actos públicos y procedimientos judiciales de una provincia gozan de entera
fe en las demás; y el Congreso puede por leyes generales determinar cuál será la forma
probatoria de estos actos y procedimientos, y los efectos legales que producirán.
ARTÍCULO 8.- Los ciudadanos de cada provincia gozan de todos los derechos, privilegios e
inmunidades inherentes al título de ciudadano en las demás. La extradición de los criminales es
de obligación recíproca entre todas las provincias.
(son todas las que pude leer entre los pdf que tengo guardados :'>)