CUALES SON LOS PASOS PARA ELABORAR UNA TUTELA???
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La acción de Tutela es un mecanismo constitucional de protección y garantía judicial al cual puede recurrir cualquier persona cuando considere que se le está vulnerando algún derecho fundamental.
-Pasos-
1.MODELO ACCIÓN DE TUTELA.
2.CIUDAD Y FECHA.
3.SEÑOR:
4.RESPETADO SEÑOR JUEZ:_____________________
-Pasos-
1.MODELO ACCIÓN DE TUTELA.
2.CIUDAD Y FECHA.
3.SEÑOR:
4.RESPETADO SEÑOR JUEZ:_____________________
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La acción de tutela como primera medida es un mecanismo de protección, una acción, no un recurso, que tienen todos los ciudadanos colombianos para hacer valer sus derechos fundamentales que estén siendo afectados o vulnerados por parte de las autoridades públicas, entes adscritos y particulares.
La tutela está reglamentada en el decreto 2591 de 1991 y se puede encontrar en la carta política de Colombia de 1991 en el artículo 86:
Como establece la constitución, la tutela es una herramienta que todos los ciudadanos podemos usar siempre y cuando no se tenga otro medio de defensa judicial o cuando la amenaza está por encima de violar el derecho fundamental. Un caso concreto de este punto es por ejemplo la salud: Un niño necesita una transfusión o un riñón y la EPS le niega la cirugía o el tratamiento, son hechos que no pueden esperar por una demanda, es un acto urgente porque el riesgo o la amenaza es muy inminente y se estaría vulnerando el derecho fundamental que en este caso es de la salud y la vida.
La vía gubernativa es opcional, no es obligatoria agotarla, no necesita otro recurso administrativo para que pueda presentar la tutela.
Durante el tiempo que presente la tutela el juez suspenderá cualquier acto concreto que esté vulnerando el derecho perjudicado.
Al cumplirse los 10 días el juez profiere el fallo y concede la tutela a la autoridad responsable que debe cumplirla sin demora dentro de las 48 horas siguientes del fallo. Si no lo cumple en ese término el juez tomará medidas más drásticas para dar cumplimiento por medio de un incidente de desacato, en dicho caso podría sancionarlo por su incumplimiento.
Después de salir el fallo éste podrá ser impugnado (recurso de revisión) por los siguientes 3 días para que pase a la corte constitucional, que tomará el caso y lo revisará. Las decisiones de la corte pueden modificar, revocar o aclarar la tutela y ya no habrá más recurso, en otras palabras esta es la última instancia a la que llega la tutela.
En conclusión, la acción de tutela es el medio, la herramienta que tengo yo como ciudadano de hacer proteger uno o varios derechos que están siendo amenazados, vulnerados o violados y que no teniendo otro mecanismo judicial o el inminente peligro pueda yo accionar esta herramienta para poder garantizar mis derechos.
La tutela está reglamentada en el decreto 2591 de 1991 y se puede encontrar en la carta política de Colombia de 1991 en el artículo 86:
Como establece la constitución, la tutela es una herramienta que todos los ciudadanos podemos usar siempre y cuando no se tenga otro medio de defensa judicial o cuando la amenaza está por encima de violar el derecho fundamental. Un caso concreto de este punto es por ejemplo la salud: Un niño necesita una transfusión o un riñón y la EPS le niega la cirugía o el tratamiento, son hechos que no pueden esperar por una demanda, es un acto urgente porque el riesgo o la amenaza es muy inminente y se estaría vulnerando el derecho fundamental que en este caso es de la salud y la vida.
La vía gubernativa es opcional, no es obligatoria agotarla, no necesita otro recurso administrativo para que pueda presentar la tutela.
Durante el tiempo que presente la tutela el juez suspenderá cualquier acto concreto que esté vulnerando el derecho perjudicado.
Al cumplirse los 10 días el juez profiere el fallo y concede la tutela a la autoridad responsable que debe cumplirla sin demora dentro de las 48 horas siguientes del fallo. Si no lo cumple en ese término el juez tomará medidas más drásticas para dar cumplimiento por medio de un incidente de desacato, en dicho caso podría sancionarlo por su incumplimiento.
Después de salir el fallo éste podrá ser impugnado (recurso de revisión) por los siguientes 3 días para que pase a la corte constitucional, que tomará el caso y lo revisará. Las decisiones de la corte pueden modificar, revocar o aclarar la tutela y ya no habrá más recurso, en otras palabras esta es la última instancia a la que llega la tutela.
En conclusión, la acción de tutela es el medio, la herramienta que tengo yo como ciudadano de hacer proteger uno o varios derechos que están siendo amenazados, vulnerados o violados y que no teniendo otro mecanismo judicial o el inminente peligro pueda yo accionar esta herramienta para poder garantizar mis derechos.
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