Cuáles son los fundamentos de la política ambiental en Colombia y el municipio de valledupar
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
A partir de la Cumbre de la Tierra realizada con el propósito de formular una agenda de desarrollo que se enmarcará en la globalización y en su conjunto, las conferencias de las Naciones Unidas dedicadas a diversos aspectos del desarrollo que se realizaron en los años noventa (medio ambiente, población, desarrollo social, situación de las mujeres, vivienda y alimentación) dio inicio a una nueva serie de conferencias mundiales organizadas así como el protocolo de Kyoto y la cumbre de Johannesburgo 2002 realizada 10 años después de la Cumbre de la Tierra en 199.
Respuesta:
Cuáles son los fundamentos de la política ambiental en Colombia y el municipio de valledupar
Explicación:
1. El proceso de desarrollo económico y
social del país se orientará según los
principios universales y del desarrollo
sostenible contenidos en la declaración
de Río de Janeiro de Junio de 1992
sobre Medio Ambiente y Desarrollo.
2. La biodiversidad del país, por ser
patrimonio nacional y de interés de la
humanidad, deberá ser protegida
prioritariamente y aprovechada en forma
sostenible.
3. Las políticas de población tendrán en
cuenta el derecho de los seres humanos
a una vida saludable y productiva en
armonía con la naturaleza.
4. Las zonas de páramos, subpáramos, los
nacimientos de agua y las zonas de
recarga de acuíferos serán objeto de
protección especial.
5. En la utilización de los recursos
hídricos, el consumo humano tendrá
prioridad sobre cualquier otro uso.
6. La formulación de las políticas
ambientales tendrá en cuenta el
resultado del proceso de investigación
científica. No obstante, las autoridades
ambientales y los particulares darán
aplicación al principio de precaución
conforme al cual, cuando exista peligro
de daño grave e irreversible, la falta de
certeza científica absoluta no deberá
utilizarse como razón para postergar la
adopción de medidas eficaces para
impedir la degradación del medio
ambiente.
7. El Estado fomentará la incorporación de
los costos ambientales y el uso de
instrumentos económicos para la
prevención, corrección y restauración
del deterioro ambiental y para la
conservación de los recursos naturales
renovables.
8. El paisaje por ser patrimonio común
deberá ser protegido.
9. La prevención de desastres será materia
de interés colectivo y las medidas
tomadas para evitar o mitigar los efectos
de su ocurrencia serán de obligatorio
cumplimiento.
10. La acción para la protección y
recuperación ambientales del país es una
tarea conjunta y coordinada entre el
Estado, la comunidad, las
organizaciones no gubernamentales y el
sector privado. El Estado apoyará e
incentivará la conformación de
organismos no gubernamentales para la
protección ambiental y podrá delegar en
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ellos algunas de sus funciones.