cuáles son los derechos 14, 14 bis y 17 de la Constitución Nacional.
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Artículo 14.
En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país. ... Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
El artículo 14 bis fue uno de los dos únicos agregados que se hizo al texto de la Constitución Argentina de 1853 como resultado de la reforma constitucional de 1957
Artículo 17 Constitucional
Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales.
Explicación:
espero sirva