Cuáles son los deberes que tenemos los hondureños en la situación de emergencia nacional
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Artículo 38 Todo hondureño está obligado a defender la Patria, respetar las autoridades y contribuir al sostenimiento moral y material de la nación. Artículo 39 Todo hondureño deberá ser inscrito en el Registro Nacional de las Personas.
Explicación:
La Constitución garantiza a los hondureños y extranjeros residentes en el país, el derecho a la inviolabilidad de la vida, a la seguridad individual, a la libertad, a la igualdad ante la ley y a la propiedad.
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