¿Cuáles son los argumentos a favor y en contra del voto femenino?
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Respuesta:
Los debates sobre el sufragio femenino tuvieron lugar los días 30 de septiembre y 1 de octubre. El día 30 se presentaron dos enmiendas: en la primera el Sr. Ayuso, con razones de poco peso propuso el voto únicamente para las mujeres mayores de 45 años. La segunda, defendida por Guerra del Río, compañero político de Campoamor, proponía incluir la propuesta del sufragio femenino dentro de la Ley Electoral, y no en el texto constitucional. Campoamor rebate con argumentos iusnaturalistas y apelando a la coherencia: "Los sexos son iguales, lo son por naturaleza, por derecho, por intelecto" y, "además, lo son porque ayer lo declarasteis". Pidió votación nominal. Tras varias intervenciones, la enmienda de Guerra del Río fue sometida votación y rechazada por 153 votos en contra y 93 a favor. Tras diversas intervenciones alusivas a la edad electoral, Victoria Kent, expresando los temores de los partidos republicanos de izquierda a que el voto de las mujeres pudiera ser manipulado por el confesionario y la reacción, solicitó su aplazamiento para cuando la mujer estuviera concienciada. Campoamor fue la única del partido radical que votó a favor del sufragio femenino, salvado gracias al apoyo de las derechas, catalanes, progresistas y Agrupación al servicio de la República, y principalmente de los socialistas, salvo los liderados por Indalecio Prieto que abandonó la Cámara, disconforme por la resolución adoptada por su partido. Con votación nominal se aprobó por primera vez en España el sufragio femenino, con 161 votos a favor y 121 en contra. Algunos políticos no se resignaron a la nueva situación y el 1 de diciembre de 1931 el diputado Peñalba (Acción Republicana), a través de una Disposición transitoria hace la última intentona de controlar el sufragio universal femenino. Tras un controvertido debate su propuesta es rechazada por 131 votos en contra y 127 a favor. La cuestión del voto femenino se había salvado por un margen de cuatro votos y pasó a la Constitución como artículo 36 de la misma y con el siguiente enunciado: "Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes". Las españolas pudieron ejercer por primera vez este derecho en las elecciones del 19 de noviembre de 1933.
A favor.Igualdad de derechos, toda persona tiene derecho a las condiciones igualitarias en el acceso a las funciones públicas.
En contra.Las mujeres también pertenecen al pueblo, por lo que el sufragio femenino es un incremento a la democracia de un país, siendo las mujeres alrededor del 50% de la población.
Me haria feliz tu gracias y tus 5 estrellas Dios los bendiga