Cuáles son las sanciones progresivas en handball?
Respuestas a la pregunta
Puede sancionarse con amonestación por:
a) faltas e infracciones similares en el comportamiento con el contrario que no estén dentro de la categoría de “sanción progresiva de la Regla 8:3”
Deberá sancionarse con amonestación:
b) aquellas faltas que deban ser sancionadas progresivamente (8:3);
c) las infracciones cometidas cuando los contrarios están ejecutando un saque o lanzamiento (15:7),
d) conducta antideportiva por parte de un jugador u oficial de equipo (8:4).
Comentario:
Un jugador individualmente no debería recibir más de una amonestación y un equipo no debería ser sancionado con más de tres amonestaciones.
Un jugador que ya ha sido sancionado con dos minutos de exclusión no debería consecuentemente ser sancionado con amonestación.
En total a los oficiales de equipo no se les debería sancionar con más de una amonestación.
16:2. El árbitro deberá indicar la amonestación al jugador infractor u oficial y al cronometrador – anotador enseñando una tarjeta amarilla. (gestoforma Nº 13; la “tarjeta amarilla” deberá medir aproximadamente 9 x 12 cm.)
Exclusión
17:3. Una exclusión (2 minutos) debe ser sancionada:
a) cambios incorrectos o entrada en el terreno de juego antirreglamentaria (4:5-6);
b) por faltas repetidas del tipo de las que deben ser sancionadas progresivamente (8:3);
c) por conducta antideportiva repetida de un jugador en el terreno de juego o fuera del mismo (8:4);
d) en el caso de la segunda ocasión de conducta antideportiva por parte de cualquiera de los oficiales de un equipo, después que uno de ellos ha sido amonestado previamente de acuerdo a las reglas 16:1d (8:4);
e) por no dejar el balón o ponerlo en el suelo cuando se ordena un golpe franco contra el equipo que está en posesión del balón (13:5);
f) por infracciones repetidas cuando los contrarios están ejecutando un lanzamiento (15:7);
g) como consecuencia de una descalificación de un jugador u oficial de equipo durante el tiempo de juego (16:8 2º párrafo);
h) por conducta antideportiva por parte de un jugador, antes de que el juego se haya reanudado, después de que haya sido sancionado con una exclusión de 2 minutos (16:12).
Comentarios:
No obstante, a las indicaciones en b), c) y d), en las que las exclusiones en general van dirigidas para los casos de faltas repetidas o comportamiento antideportivo, los árbitros tienen derecho a determinar que una infracción en particular justifica una exclusión inmediata, incluso si el jugador no ha sido amonestado previamente y el equipo no tiene todavía el total de 3 amonestaciones. Igualmente, a un oficial de equipo se le puede sancionar con una exclusión incluso si los oficiales de ese equipo no han sido amonestados anteriormente.
Cuando se ordena una exclusión de 2 minutos contra un oficial de equipo, de acuerdo a la regla 16:3d, al oficial se le permite permanecer en la zona de cambio y seguir realizando sus funciones; no obstante, el equipo en el terreno de juego se reduce durante 2 minutos.
16:4. Después de la señalización de un time-out, el árbitro deberá indicar claramente la exclusión al jugador infractor y al cronometrador – anotador con la gestoforma correspondiente, es decir, levantando un brazo con dos dedos extendidos (gestoforma Nº 14).
16:5. Una exclusión siempre será por un tiempo de juego de 2 minutos; la tercera exclusión para el mismo jugador siempre lleva a una descalificación (16:6g).
Al jugador excluido no se le permite participar en el juego durante el tiempo de la exclusión y al equipo no se le permite reemplazarlo en el terreno de juego.
El período de exclusión comienza cuando el juego se reanuda con un toque de silbato.
Si el tiempo de exclusión de un jugador no ha terminado al finalizar la primera parte, deberá cumplirse el tiempo restante al inicio del segundo tiempo. Esta misma regla se aplica también a las prórrogas.
Descalificación
16:6. Debe sancionarse con descalificación en los casos siguientes:
a) si un jugador que no está autorizado a participar penetra en el terreno de juego (4:3);
b) por la tercera ocasión (o siguientes) de conducta antideportiva de uno de los oficiales de un equipo, después que uno de ellos ha sido sancionado previamente con 2 minutos de exclusión, de acuerdo a la regla 16:3d (8:4);