cuales son las reglas de la democracia Ecuatoriana
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
En Ecuador, luego de diez años de vigencia de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas, Código de la Democracia, existen reformas sustanciales al sistema democrático que cambiarán las reglas para la participación y otorgarán seguridad jurídica en todos los próximos comicios, a partir de lo aprobado por la Asamblea Nacional el 3 de diciembre de 2019.
En este análisis, existen tres elementos para destacar y que, al mismo tiempo, constituyen desafíos para la democracia: primero, lo referente a la inclusión de las minorías en la representación; segundo, la claridad en el ámbito jurisdiccional pues la anterior normativa tenía mayor peso en la administración electoral a través del órgano encargado de organizar los procesos y no en el rol del Tribunal Contencioso Electoral, con lo que se determina un importante equilibrio; y, tercero, la progresividad de la paridad. En este sentido, se hará un recorrido por los principales hitos de las reformas, que se aprobaron en el tiempo justo y cumpliendo con el marco constitucional que establece la prohibición de “realizar reformas legales en materia electoral durante el año anterior a la celebración de elecciones” (Constitución de la República, 2008: art.117).
Respuesta:
b) El proceso decisorio del órgano directivo: referido a las materias o ámbitos de su competencia y decisión (la coherencia que debe existir entre las materias, la no presencia de contradicciones), las facultades de sus miembros, las reglas o los procedimientos para la toma de decisiones;
c) La responsabilidad del órgano directivo: vinculada al acceso a la información (condiciones y materias de acceso), la periodicidad de la rendición de cuentas, la existencia y el tipo de sanciones por incumplimiento;
d) La organización de la institución: sus objetivos, el hecho de si es dependiente o independiente del gobierno, la forma de distribución de la autoridad, la división del trabajo, la suficiencia de personal, los procesos y los recursos para realizar las funciones públicas, la existencia o inexistencia de un servicio profesional (personal de carrera o eventual), el tamaño y la organización territorial de la organización”