Ciencias Sociales, pregunta formulada por carvajalnata2020, hace 9 meses

cuáles son las principales funciones de cada de los organismos de la rama judicial​

Respuestas a la pregunta

Contestado por williamalvarez2009
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Respuesta:

1. Elaborar el proyecto de presupuesto de la Rama Judicial que deberá remitirse al Gobierno Nacional, el cual deberá incorporar el proyecto que proponga la Fiscalía General de la Nación;

 

2. Elaborar el proyecto de Plan Sectorial de Desarrollo para la Rama Judicial,  con su correspondiente Plan de Inversiones y someterlo a la aprobación del Consejo en Pleno;

 

3. Autorizar la celebración de  contratos y convenios de cooperación e intercambio que deban celebrarse conforme a la Constitución y las leyes para asegurar el funcionamiento de sus programas y el cumplimiento de sus fines, cuya competencia corresponda a la Sala conforme a la presente Ley.

 

4. Aprobar los proyectos de inversión de la Rama Judicial.

5. Crear, ubicar, redistribuir, fusionar, trasladar, transformar y suprimir Tribunales, las Salas de éstos y los Juzgados, cuando así se requiera para la más rápida y eficaz administración de justicia,  así como crear Salas desconcentradas en ciudades diferentes de las sedes de los Distritos Judiciales, de acuerdo con las necesidades de éstos;

 

6. Fijar la división del territorio para efectos judiciales, tomando en consideración para ello el mejor servicio público;

 

7. Determinar la estructura y la planta de personal del Consejo Superior de la Judicatura . En ejercicio de esta atribución el Consejo no podrá establecer con cargo al Tesoro, obligaciones que excedan el monto  global fijado para el respectivo servicio en la ley de apropiaciones iniciales;

8. Designar a los empleados de la Sala cuya provisión según la ley no corresponda al Director Ejecutivo de Administración Judicial;

9. Determinar la estructura y las plantas de personal de las Corporaciones y Juzgados. Para tal efecto podrá crear, suprimir, fusionar y trasladar cargos en la Rama Judicial, determinar sus funciones y señalar los requisitos para su desempeño que no hayan sido fijados por la ley.

En ejercicio de esta atribución el Consejo no podrá establecer a cargo del tesoro obligaciones que excedan el monto global fijado para el respectivo servicio en la ley de apropiaciones iniciales;

10. Enviar a la Corte Suprema de Justicia y al Consejo de Estado listas superiores a cinco candidatos para proveer las vacantes de Magistrados que se presenten en estas Corporaciones;

11. Elaborar y presentar a la Corte Suprema de Justicia  y al Consejo de Estado listas para la designación de Magistrados de los respectivos Tribunales, de conformidad con las normas sobre carrera judicial;

12. Dictar los reglamentos relacionados con la organización y funciones internas asignadas a los distintos cargos;

13. Regular los trámites judiciales y administrativos que se adelanten en los despachos judiciales, en los aspectos no previstos por el legislador,

14. Cuando lo estime conveniente, establecer servicios administrativos comunes a los  diferentes despachos judiciales;

15. Declarar la urgencia manifiesta para contratar de acuerdo con el estatuto de contratación estatal;

16. Dictar los reglamentos sobre seguridad y bienestar social de los funcionarios y empleados de la Rama Judicial, de acuerdo con las leyes que en la materia expida el Congreso de la República;

17. Administrar la Carrera Judicial de acuerdo con las normas constitucionales y la presente ley;

18. Realizar la calificación integral de servicios de los Magistrados de Tribunal;

19. Establecer indicadores de gestión de los despachos judiciales e índices de rendimiento, lo mismo que indicadores de desempeño para los funcionarios y empleados judiciales con fundamento en los cuales se realice su control y evaluación correspondientes.

El Consejo adoptará como mínimo los siguientes indicadores básicos de gestión: congestión, retraso, productividad y eficacia;

20. Regular, organizar y llevar el Registro Nacional de Abogados y expedir la correspondiente Tarjeta Profesional, previa verificación de los requisitos señalados por la ley;

21. Establecer el régimen y la remuneración de los Auxiliares de la Justicia;

Explicación:

ESPERO TE SIRVA Y ME REGALARIAS LA CORONITA POR FAVOR.

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