Arte, pregunta formulada por martinezpameladelcar, hace 5 meses

CUALES SON LAS NORMAS Y SANCIONES CULTURALES DE YUCATAN

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Contestado por saritaruth9436
1

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Explicación:

CC. INTEGRANTES DEL CONSEJO CONSULTIVO PARA LA ACTUALIZACIÓN

DEL ORDEN JURÍDICO ESTATAL.

PRESENTES:

Al Comité de Consulta en Materia de Derechos Humanos y Desarrollo Social del

Consejo Consultivo para la Actualización Orden Jurídico Estatal, le fue turnada

para análisis y revisión el Proyecto de Iniciativa de Ley de Desarrollo Cultural del

Estado de Yucatán.

Este Comité de Consulta, con fundamento en lo dispuesto por los artículos por los

artículos 1, 3, fracción VII, 5, 13, 14 y 15 del Decreto Número 02 que crea el

Consejo Consultivo para la Actualización del Orden Jurídico Estatal, publicado en

el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el día 18 de octubre del año

2012 y 1, 18, 24 y 25 del Reglamento de Sesiones del Consejo Consultivo para la

Actualización del Orden Jurídico Estatal, aprobado en su segunda sesión ordinaria

de fecha 25 de abril del año 2013, somete a su consideración el proyecto de

Iniciativa de Ley de Desarrollo Cultural del Estado de Yucatán, al tenor de los

siguientes:

ANTECEDENTES

PRIMERO. Que el Consejo Consultivo para la Actualización del Orden Jurídico

Estatal es un órgano de coordinación entre el Poder Ejecutivo del Estado de

Yucatán, las instituciones académicas, de investigación y de la sociedad civil en

general, que tiene por objeto promover el diálogo, el análisis y la revisión de temas

prioritarios de la agenda legislativa del Poder Ejecutivo, a fin de impulsar la

actualización del marco jurídico estatal, de conformidad con el artículo 1 de su  

2

Decreto de creación publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de

Yucatán el día 18 de octubre de 2012.

SEGUNDO. Que el Consejo Consultivo, para el cumplimiento de su objeto, en los

términos del artículo 3, fracciones VI y VII, del Decreto en comento, tiene la

atribución de aprobar el Programa de Trabajo y dar seguimiento a la ejecución de

sus actividades, así como integrar Comités de Consulta para la atención de

asuntos específicos vinculados con la actualización del marco jurídico estatal.

TERCERO. Que en la primera sesión ordinaria realizada el día 27 de febrero del

año 2013 se presentó ante el Pleno del Consejo Consultivo para la Actualización

del Orden Jurídico Estatal, el Programa de Trabajo 2013-2018; y el Reglamento de

Sesiones de dicho órgano de coordinación, mismos que fueron aprobados en lo

general, en la propia fecha.

CUARTO. Que en la segunda sesión ordinaria celebrada el día 25 de abril del año

2013, el Pleno del Consejo Consultivo para la Actualización del Orden Jurídico

Estatal, aprobó en lo particular el Programa de Trabajo 2013-2018, y el

Reglamento de Sesiones, previa presentación de las propuestas técnicas de

modificación a los apartados reservados en la sesión primera sesión ordinaria.

QUINTO. Que el Consejo Consultivo para la Actualización del Orden Jurídico

Estatal al aprobar el Programa de Trabajo 2013-2018 determinó la creación del

Comité de Consulta en Materia de Derechos Humanos y Desarrollo Social con la

finalidad de actualizar el marco jurídico estatal en materia de derechos humanos y

desarrollo social a través de la incorporación de instrumentos normativos que

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