cuales son las normas de la mediacion
doy corona
Respuestas a la pregunta
a) El proceso de Mediación será voluntario y no vinculante.
b) Cualquiera de las partes, luego de asistir a la sesión inicial y antes de suscribir un acuerdo escrito, puede retirarse de la Mediación. En tal caso, hará conocer su decisión al Mediador y a las demás partes, por medio fehaciente.
c) El Mediador será neutral e imparcial. Dirigirá y controlará todos los aspectos procesales de la Mediación y las partes le prestarán toda su cooperación.
d) El Mediador, a su criterio, se reunirá y comunicará separada y conjuntamente con las partes. A tal fin, fijará el lugar, día y hora de cada sesión, previa consulta con las partes. No se tomará versión taquigráfica de ninguna sesión, ni se aplicarán normas legales en materia de procedimiento y/o pruebas.
e) En las sesiones del proceso de Mediación, las partes estarán representadas por apoderados autorizados a negociar la solución del conflicto, salvo que el Mediador las dispense con relación a una audiencia determinada.
f) El proceso será conducido con celeridad. Los apoderados y/o representantes de las partes harán sus mayores esfuerzos para asistir a las sesiones.
g) El Mediador no transmitirá a ninguna de las partes la información confidencial que reciba de las mismas ni de terceros, salvo que la parte que le suministre la información lo autorice expresamente, por escrito.
h) Las partes se abstendrán de iniciar o instar procesos judiciales o administrativos mientras la Mediación no haya terminado, salvo que convengan lo contrario o tal actitud perjudicare sus derechos. Sin embargo, podrán solicitar medidas precautorias y/o prueba anticipada.
i) Salvo que el Mediador y las partes lo acordaren por escrito, el Mediador y sus asistentes quedarán descalificados para actuar como letrados y/o apoderados en el asunto motivo de la Mediación y para declarar en calidad de testigos o actuar como consultores o peritos en cualquier investigación, acción o procedimiento pendiente o futuro que se relacione con el objeto de la Mediación en que intervinieren.
j) Si la disputa se sometiere a Arbitraje, el Mediador no actuará como Arbitro, salvo acuerdo escrito entre las partes y el Mediador, posterior al fracaso de la Mediación.
k) El Mediador podrá requerir asistencia y asesoramiento especializado independiente, previo consentimiento escrito de las partes y a cargo de éstas. Cualquier especialista propuesto como independiente hará conocer igualmente todas las circunstancias que puedan afectar su desempeño o crear una presunción de prejuicio o imparcialidad.
l) EL CENTRO y/o el Mediador no serán responsables de las consecuencias que pudieran derivarse de cualquier acto u omisión relacionados con el proceso de Mediación, salvo dolo.
m) El Mediador podrá retirarse de la Mediación en cualquier tiempo, previa notificación por escrito a las partes: i) por serias razones personales; ii) por considerar que alguna de las partes no actúa de buena fe; iii) si estimare inconducente continuar el proceso de Mediación. Si se retirase invocando alguna de las causales individualizadas como i) y ii), no tendrá obligación de explicar las razones.
n) Con carácter previo al comienzo de la Mediación, las partes y sus representantes aceptarán por escrito las presentes reglas y las eventuales modificaciones que pudieran acordar. Asimismo, el Mediador las invitará a suscribir el Convenio de Confidencialidad.
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