¿Cuáles son las instituciones que protegen el derecho civil en el Perú? Ayudaaa
yeidilisbeth123:
si
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Respuesta:
Coordinadora Nacional de Derechos Humanos
Amnistía Internacional - Sección Peruana
Asociación de Familiares de Desaparecidos y Víctimas de Genocidio
Asociación de Familiares de Detenidos-Desaparecidos, Ejecuciones Extrajudiciales y Torturados (AFDDEET)
Asociación para el Desarrollo Humano "Runamasinchiqpaq"
Asociación Pro Derechos Humanos - (APRODEH)
Comisión Andina de Juristas
Comisión Episcopal de Acción Social - CEAS
Instituto de Defensa Legal
Otros Organismos
Asociación Civil Transparencia
Comunidad Ashaninka de Marankiari Bajo.
Instituto Peruano de Educación en Derechos Humanos y la Paz
Organismos Gubernamentales
Comisión de la Verdad y la Reconciliación
Defensoría del Pueblo
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2
Respuesta:
Concepto de institución e instituciones civiles
Según el Diccionario jurídico mexicano, institución proviene del vocablo latino institutionis; Institutio deriva de instituo, que significa "poner, establecer, regular, organizar o bien instituir, enseñar o educar". En Roma, se entiende por instituciones los principios o fundamentos de la disciplina jurídica; los romanos llamaban instituciones a los libros que señalaban los fundamentos del derecho.
Posteriormente, tenemos que se ha utilizado el término de instituciones en la teoría del derecho y de la sociología jurídica como el conjunto de reglas, normas, valores y costumbres que rigen un determinado comportamiento social. Y que las normas jurídicas reúnen.
En el derecho civil encontramos que las instituciones fundamentales son las personas, matrimonio, adopción, parentesco, bienes, sucesiones, obligaciones y contratos, las cuales están sufriendo cambios importantes ante el advenimiento de la tecnología, ya que la revolución tecnológica es liberadora del intelecto, pues hoy el manejo de la información por medios automatizados marca a las sociedades como "sociedades de la información", mismas que "implican el uso masivo de tecnologías de la información y comunicación para difundir el conocimiento e intercambio en una sociedad".
Dichas instituciones se encuentran bajo el marco jurídico del derecho civil, que regula las relaciones entre los particulares, y, no obstante de ser un derecho privatista, se encuentra bajo el orden público, considerado éste como el:
Estado o situación social derivada del respeto a la legalidad establecida por el legislador. Se debe considerar que todas las leyes son de orden público, ya que todas ellas tienen como fin principal el mantenimiento de la paz con justicia, que persigue el derecho. El orden público se perturba cuando el derecho no es respetado.
En este sentir, el artículo 6 del Código Civil Federal establece que la voluntad de los particulares no puede eximir de la observancia de la ley, ni alterarla o modificarla. Sólo pueden renunciarse los derechos privados que no afecten directamente al interés público, cuando la renuncia no perjudique derechos de tercero, y por lo tanto será ilícito el hecho que es contrario a las leyes de orden público o a las buenas costumbres (artículo 1830 CCF).
saludos
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