cuales son las deberes de los conquistadores
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Los deberes... el primero de todos era cristianizar a los indígenas. Junto a ello, se implicaba el prohibirles idolatrías, poligamia, sodomía y canibalismo.
En el Juicio de Residencia, a Cortés se le imputaron cargos por disimular canibalismo entre sus aliados indígenas, durante el sitio de la ciudad de Tenochtitlan. En descargo: no se podía impedir que una masa tan grande de hombres, siendo los españoles tan pocos, obrara de esa manera.
Los derechos había que capitularlos antes de la conquista, o negociarlos ya consumada.
A modo de ejemplo, Cortés logró capitulaciones para el descubrimiento y conquista de la Mar del Sur. En ellas, Cortés se aseguraba la gobernación vitalicia de todo lo que descubriera y conquistara, así como la doceava parte de toda la tierra, en que tendría completa autoridad civil y criminal, sólo con tal que reconociera en sus estados la soberanía de la Corona.
Con la conquista de México, Cortés no tuvo capitulaciones previas, por lo cual hubo de negociar sobre la marcha. El mismo decía que había sido más fácil ganar la tierra que defender derechos frente a la Corona. Logró un marquesado, y la cifra absurda de veinte y tres mil vasallos, cuya cuenta nunca se pudo hacer, y las primera y segunda Audiencia le quitaron partes de las tierras que por cédulas la Corona le daba. Claro que había un doble juego por parte de la misma: quitarle con una mano lo que le daba con la otra, y que a dos manos Cortés había dado a la Corona.
Con el andar del tiempo, y la cimentación del virreinato, los deberes de los conquistadores, ya encomenderos, crecieron.
No tengo a mano el libro, pero Duverger, en "Cortés", saca cuenta, notando que el Estado Francés se apropia de la riqueza generada por los ciudadanos franceses en mayor grado que lo que prescribía Cortés a los encomenderos, es decir, que el gobierno francés, hoy día, toma más del ciudadano francés que Cortés mandaba tomar a los indígenas.
Entre los notables deberes que Cortés imponía al encomendero era el de limitar la jornada de trabajo al periodo entre la primera hora después de amanecer hasta su caída, dando una hora de descanso y alimento. Las jornadas no podían exceder veinte días seguidos, después de los cuales el indio podía descansar treinta días. No podían ser trabajados ni niños ni mujeres. Y cada año se les entregaba cierto sueldo, que no se me acuerda. Tampoco podían ser trabajados como tamemes, salvo su voluntaria aceptación y bajo sueldo, y con limitaciones de carga y distancia que tampoco se me acuerdan.
Había también posterior prohibición de "trabajos personales", que no me queda claro qué fueran, pero para lo cual los indígenas habían de llevar sueldo. En su testamento, Cortés manda ver eso con los indígenas de sus estados y encomiendas, para si algo se les debiera de "trabajos personales", se les pagara. No parece que el segundo marqués, Martín Cortés, cumpliera con esa y otras cláusulas del testamento que proveían, por ejemplo, reintegración de tierras, si se averiguara que eran propiedad de indígenas, o liberación de esclavos, si se viera que no era lícita la esclavitud.
Era debate de la época saber si la esclavitud era lícita o no. Cortés mandaba que si se viera que no lo era, para descargo de su conciencia, los esclavos fueran liberados.
Insisto en que los deberes se iban construyendo, y en que los derechos o se negociaban de antemano, por capitulaciones, o se negociaban a posteriori, trabajosamente.
En el Juicio de Residencia, a Cortés se le imputaron cargos por disimular canibalismo entre sus aliados indígenas, durante el sitio de la ciudad de Tenochtitlan. En descargo: no se podía impedir que una masa tan grande de hombres, siendo los españoles tan pocos, obrara de esa manera.
Los derechos había que capitularlos antes de la conquista, o negociarlos ya consumada.
A modo de ejemplo, Cortés logró capitulaciones para el descubrimiento y conquista de la Mar del Sur. En ellas, Cortés se aseguraba la gobernación vitalicia de todo lo que descubriera y conquistara, así como la doceava parte de toda la tierra, en que tendría completa autoridad civil y criminal, sólo con tal que reconociera en sus estados la soberanía de la Corona.
Con la conquista de México, Cortés no tuvo capitulaciones previas, por lo cual hubo de negociar sobre la marcha. El mismo decía que había sido más fácil ganar la tierra que defender derechos frente a la Corona. Logró un marquesado, y la cifra absurda de veinte y tres mil vasallos, cuya cuenta nunca se pudo hacer, y las primera y segunda Audiencia le quitaron partes de las tierras que por cédulas la Corona le daba. Claro que había un doble juego por parte de la misma: quitarle con una mano lo que le daba con la otra, y que a dos manos Cortés había dado a la Corona.
Con el andar del tiempo, y la cimentación del virreinato, los deberes de los conquistadores, ya encomenderos, crecieron.
No tengo a mano el libro, pero Duverger, en "Cortés", saca cuenta, notando que el Estado Francés se apropia de la riqueza generada por los ciudadanos franceses en mayor grado que lo que prescribía Cortés a los encomenderos, es decir, que el gobierno francés, hoy día, toma más del ciudadano francés que Cortés mandaba tomar a los indígenas.
Entre los notables deberes que Cortés imponía al encomendero era el de limitar la jornada de trabajo al periodo entre la primera hora después de amanecer hasta su caída, dando una hora de descanso y alimento. Las jornadas no podían exceder veinte días seguidos, después de los cuales el indio podía descansar treinta días. No podían ser trabajados ni niños ni mujeres. Y cada año se les entregaba cierto sueldo, que no se me acuerda. Tampoco podían ser trabajados como tamemes, salvo su voluntaria aceptación y bajo sueldo, y con limitaciones de carga y distancia que tampoco se me acuerdan.
Había también posterior prohibición de "trabajos personales", que no me queda claro qué fueran, pero para lo cual los indígenas habían de llevar sueldo. En su testamento, Cortés manda ver eso con los indígenas de sus estados y encomiendas, para si algo se les debiera de "trabajos personales", se les pagara. No parece que el segundo marqués, Martín Cortés, cumpliera con esa y otras cláusulas del testamento que proveían, por ejemplo, reintegración de tierras, si se averiguara que eran propiedad de indígenas, o liberación de esclavos, si se viera que no era lícita la esclavitud.
Era debate de la época saber si la esclavitud era lícita o no. Cortés mandaba que si se viera que no lo era, para descargo de su conciencia, los esclavos fueran liberados.
Insisto en que los deberes se iban construyendo, y en que los derechos o se negociaban de antemano, por capitulaciones, o se negociaban a posteriori, trabajosamente.
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