¿Cuáles artículos de la constitución de 1963, proclamada por Juan Bosch, beneficiaron a la población dominicana? ¿y cuáles no?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Los artículos que beneficiaron a la población dominicana fueron:
Art. 14.— Las personas mutiladas o inhábiles para el trabajo tienen derecho a la educación, formación o rehabilitación profesional y técnica.
Art. 16.— Se consagra la libertad de trabajo. La ley establecerá según lo requiera el interés general, la jornada máxima de trabajo, los días de descanso y vacaciones, los salarios mínimos y sus formas de pago, los seguros sociales, la participación preponderante de los nacionales en todo trabajo y, en general, todas las providencias de y asistencia del Estado que se consideren necesarias o útiles en favor de los trabajadores.
Art. 17.— A. igual trabajo corresponde igual salario, sin discriminación de sexo, edad o estado.
Los que no beneficiaron al pueblo:
Según los ciudadanos estas medidas constitucionales fueron mal vistas por los mismos, al dar inicio a la reforma agraria, prohibiendo el latifundio y limitando la propiedad privada por causa de interés social esto impedía a que hubiese entradas de dinero más rápido, también consagró el derecho de la familia campesina a tener tierras y recibir ayudas técnicas y crediticia del Estado. Estableció que solo los dominicanos podían tener tierra, prohibiendo la propiedad de esta a los extranjeros, así limitaba la fuente de ingresos del exterior.
Explicación:
Se encuentran mas artículos que beneficiaron al pueblo pero desde un punto de vista más amplio estos contribuyen más a la economía y bienestar del pueblo dominicano.
Entre los artículos que no beneficiaron el pueblo puede que se encuentren más pero estos son más semejantes a las quejas que tuvieron los dominicanos.
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En estas Constitución (República de Dominicana) proclamada por el Mandatario para ese momento (1963) ciudadano Juan Bosch, se efectuaron 176 artículos reformados, donde en muchos de ellos originaron numerosas bondades en la población.
Dentro de esos artículos que generaron mayor bienestar se destacan los siguientes:
- Artículo 2: Libertad de Derechos a todos por iguales, sin ningun tipo de discrimiación.
- Artículo 17: Todos los hijos tienen los mismos derechos como autores de Derechos, sin ningun tipo de discriminación.
- Artículo 27: prohibición del sistema latifundista
- Articulo 83: prohibición de reelección de un candidato a la presidencia
En cuanto a los que no beneficiaron, en realidad todos beneficiearon por ser garante de un sistema democrático, solo que beneficiaron en menor relación.
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