cual fueron los imputos colonial de la corona en américa
Respuestas a la pregunta
Los impuestos han existido desde que el mundo es mundo, pero desde el descubrimiento de América, y concretamente desde que se descubrió que había metales preciosos y otros productos susceptibles de ser utilizados en beneficio de la Monarquía Hispánica, los Reyes peninsulares y en menor medida los Virreyes americanos impusieron una serie de impuestos para engrosar las arcas reales. Aquí se presentan algunos de ellos.
El impuesto de la avería se cobraba proporcionalmente sobre todas las mercancías que se llevaban o traían de las Indias y estaba destinada a sufragar los gastos de las Armadas que protegían las flotas que iban y venían. La Flota de Barlovento, en La Nueva España, fue un ejemplo, otro era la Armada del Mar del Sur en la ruta Callao-Panamá. Podría superar el 40% de las mercancías, y los mercaderes, los mayores perjudicados, buscaban nuevos métodos de defraudación como no registrar los caudales a la vuelta. La consecuencia fue que al disminuir la defraudación privada en los gastos, aumentaba la del Estado. La solución fue su supresión en 1660 y su sustitución por el pago anual de 790.000 ducados, a los Consulados de Sevilla, México y Lima y correspondía a las exportaciones y un 17,5% a las importaciones.
El impuesto del almojarifazgo de Indias, cobrado tanto en Sevilla como en los puertos americanos sobre la totalidad de las mercancías intercambiadas entre España y sus colonias, excepto armas, municiones, azogues y demás pertrechos remitidos por la Real Hacienda. Inicialmente sólo por las exportaciones se pagaba un 7,5% (2,5% a la salida de Sevilla y el 5% a la llegada a América); al final quedó en un 32,5% (15% a exportaciones y 17,5% a las importaciones). Entre 1566 y 1591 el gravamen se elevó hasta el 15%. Se defraudaba en la determinación de la base imponible; los cargadores especificaban mercancías diferentes de las registradas, de mayor y menor precio, carga posterior al cierre del registro, arribadas forzosas a otras costas, cargar mercancías sin registrar en los navíos de la Armada Real. Similar a los aranceles actuales, fue impuesto por el gobernador Lope García de Castro[1], era un derecho de aduanas que se aplicó a las exportaciones e importaciones de bienes. El almojarifazgo, era del 5% nominal, y el porcentaje que se quedaba la Corona de todos los metales preciosos importados, suponía el 10% en La Nueva España y un 20% los del Perú. Era una importante fuente de ingresos para los Virreyes.
El derecho de palmeo (volumen ocupado por la mercancía en el navío en metros cúbicos), que supuso que los productos más finos y caros – telas de lujo – se vieron beneficiados frente a los voluminosos y baratos, lo que primaba la reexportación de manufacturas extranjeras en perjuicio de las españolas, de origen agrario fundamentalmente. La plata importada terminaría en Europa pagando los productos de exportación. Como no se podía controlar el fraude se volvió a cobrar por el número de piezas con independencia de su volumen o valor. Finalmente, en 1720, los derechos de aduanas se volvieron a cobrar de nuevo por su volumen o peso, cualquiera que fuera su valor.
También existía el derecho de tonelada; cantidad fija por tonelada de