Ciencias Sociales, pregunta formulada por munozvanesaalzate, hace 1 año

cual fue la causa de desaparicion de los zenues

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Contestado por christopheralvarado8
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La Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC), registra con preocupación los recientes acontecimientos ocurridos en el municipio de San Andrés de Sotavento, territorio indígena Zenú, donde el Cabildo Mayor ha denunciado situaciones de atropello contra miembros de ésta población asentados en el predio El Limón

Indígenas | Córdoba |

El Cabildo Mayor Regional del Pueblo Zenú denunció a través de un comunicado a la opinión pública los atropellos cometidos por miembros del escuadrón ESMAD, quienes acompañados del secretario de Gobierno, la Personera y la Comisaria de Familia de San Andrés de Sotavento, procedieron de manera violenta a desalojar a los indígenas que habitaban el predio en mención.

Durante la diligencia policial, fueron quemados las casas y enseres de las familias indígenas, fueron usadas bombas de gas lacrimógeno y tres miembros de la comunidad quedaron gravemente heridos, entre ellos una mujer que se encuentra hospitalizada.

También se pudo establecer que varios indígenas se encuentran detenidos en el Comando de Policía Municipal, quienes se opusieron a la diligencia de desalojo en un terreno que ellos consideran no ha sido invadido, y que “por el contrario, nuestro territorio se encuentra invadido por personas extrañas a las comunidades, poseemos un título legal que nos acredita como legítimos propietarios de estas tierras, y el Gobierno Nacional está en la obligación de sanear nuestro territorio”.

El Cabildo Mayor Regional del Pueblo Zenú ha denunciado al secretario de Gobierno Municipal, quien ha señalado a los indígenas zenúes como invasores de tierras, además de promover reuniones con ganaderos y terratenientes para señalar a líderes indígenas como promotores de las invasiones a las fincas, propiciando con esto un clima de tensión entre indígenas y dueños de fincas.

Sumado a lo anterior, la Organización Nacional Indígena de Colombia reitera su preocupación por la situación del líder indígena Celedonio Padilla, Mayor del pueblo Zenú y delegado de la Mesa Permanente de Concertación con los Pueblos Indígenas, quien ha denunciado de manera reiterativa en las últimas sesiones de la Mesa situaciones de amenazas y agresiones contra su vida y la de su familia.

Por ésta situación, la Organización Nacional Indígena de Colombia insiste en la urgencia de otorgar las medidas necesarias para garantizar la seguridad y tranquilidad del Mayor Celedonio Padilla y demás delegados y delegadas de la MesaPermanente de Concertación Nacional.

Ante éste preocupante panorama, resulta imperativo que el Estado colombiano a través de las entidades e instituciones competentes, realicen las gestiones requeridas, amparados en las normas vigentes y en la jurisprudencia de carácter nacional e internacional, en aras de salvaguardar la vida e integridad física de los miembros del pueblo Zenú.

Como se recordará, éste pueblo indígena se encuentra en riesgo de extinción física y cultural, según lo determinó la Corte Constitucional Colombiana en el Auto 004 de 2009.

Concluimos apelando a la Memoria de los Pueblos Indígenas y recordando las afectaciones que los zenúes han padecido históricamente, recordando que al Mayor Celedonio Padilla y otros integrantes del Pueblo Zenú les fueron otorgadas Medidas Provisionales en el marco del accionar de la CIDH, las cuales son levantadas en 2003 al no contar con información que posibilitara la verificación de la situación que motivaba las mismas; sin embargo se advierte que el levantamiento de las medidas se hará “sin perjuicio de que eventualmente la Comisión considere necesario volver a invocar el mecanismo del artículo 63.2 de la Convención Americana cuando las circunstancias y la información disponible así lo requieran”. Motivo por el cual resulta pertinente insistir, en el contexto actual denunciado, en las garantías de no repetición que el Estado colombiano debe ofrecer en observancia de este antecedente, del Decreto Ley 4633 de 2011 y de los demás criterios normativos y jurisprudenciales que así lo ratifican.

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