Derecho , pregunta formulada por saraecheverryholguin, hace 2 meses

cual, es la utilidad del articulo 51 de la con constitucion Politica de colombia

Respuestas a la pregunta

Contestado por Camila3386
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Respuesta:

ARTICULO 51. Todos los colombianos tienen derecho a vivienda digna. El Estado fijará las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de vivienda de interés social, sistemas adecuados de financiación a largo plazo y formas asociativas de ejecución de estos programas de vivienda.

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