¿Cuál es la regla que siguen los Testigos de Jehová para negarse a recibir una transfusión de sangre? ¿equivale a nuestra regla que indica de la misma es fundamental para la mejoría de nuestra salud y no es objeto de reproche ético?
Respuestas a la pregunta
Respuesta: esa es mi respuesta
Explicación:
«Es debido a razones religiosas, más bien que médicas. Tanto el Antiguo como el Nuevo Testamento nos mandan abstenernos de la sangre. Además, para Dios, la sangre representa la vida. Así que los testigos obedecemos el mandato bíblico de abstenernos de la sangre por respeto a Dios, quien nos dio la vida.
en mi conciencia como un compromiso cívico y moral. Finalmente he aceptado
correr el riesgo y hacer el intento de brindar una contribución que espero pueda
ayudar a pensar los problemas morales de la administración de justicia y de la vida
profesional de los jueces.
La justicia como institución, según escribe el juez y jurista francés Antoine
Garapon, “ha estado relegada durante mucho tiempo como una cuestión intelectualmente inexistente al no constituir un campo autónomo para las ciencias sociales, ni una
fuente de auténtica interrogación filosófica. El discurso filosófico dominante en Francia hasta fecha reciente no aprehendía la cuestión jurídica más que en términos de
estrategia, como técnicas de dominación [...] En Surveiller et punir, que ha tenido una
inmensa resonancia entre los profesionales, Foucault no considera la justicia y la prisión más que como una microfísica del poder [...] La tradición francesa ha pasado
directamente de la filosofía moral a la filosofía política, sin preocuparse demasiado de
la filosofía del derecho, que sigue sin enseñarse en las facultades”.3
La descripción de
la situación en Francia, que hace este autor, puede valer también en cierta medida
como una descripción exacta de la situación de la justicia y el derecho en el campo
disciplinario de la filosofía en la Argentina (aunque no es aplicable por cierto a los
ámbitos académicos y profesionales de la ciencia jurídica en nuestro país, en los que la
filosofía del derecho tiene una tradición y un lugar importante, ligada especialmente a
la tradición anglosajona). Los profesionales de la filosofía han prestado por lo general
poca atención a la cuestión del derecho y la justicia. Y el tratamiento de estos temas
que realizan los profesores de las Facultades de Derecho ha sido visto como una “filosofía de abogados”, de bajo vuelo teórico y escaso interés filosófico. Este libro habrá
de correr por lo tanto también el riesgo de ser objeto de ese tipo de valoraciones sumarias en el campo de los colegas filósofos en sentido puro y duro. Este otro es, sin
embargo, un desafío que asumo gustoso, porque podría dar muchos argumentos para
apoyar mi convicción de que pensar el sentido de la justicia como institución en la
sociedad moderna y la función del juez (como “el último guardián de las promesas”
que los hombres y la sociedad se hacen a sí mismos), no es un asunto menor o de
escasa significación filosófica. Pero este lugar de la introducción no es el espacio para
anticipar los aludidos argumentos y mostrar las razones que fundamentan la significación del tema propuesto. Mostrarlo será precisamente la tarea de todo el libro, y espero
que el resultado dé qué pensar especialmente a los señores jueces de la República, que
son los destinatarios principales, a quienes he tenido presentes durante todo el trabajo
de la escritura, como los interlocutores directos de mi discurso