¿Cuál es la norma más importante del municipio de argentina?
(es construcción de la ciudadanía) :<
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
La reforma de la Constitución de la Nación Argentina sancionada el 22 de agosto de 1994 confirmó y precisó el carácter autónomo de los municipios de Argentina. Antes y después de esa reforma, las constituciones provinciales han ido reconociendo la autonomía municipal (en mayo de 2021 todavía restan tres), incluyendo en casi todas el derecho a establecer sus propias formas de gobierno por medio de la redacción de cartas orgánicas municipales de acuerdo a los alcances determinados por cada provincia (autonomía institucional).
El régimen municipal estuvo contemplado en la Constitución Nacional hoy vigente desde su primera promulgación el 1 de mayo de 1853, expresando en su artículo 5 que cada provincia debía dictar una constitución que asegurara su régimen municipal.1
En 1921 la provincia de Santa Fe reformó su constitución permitiendo que los municipios de 1.ª categoría (los de más de 25 000 habitantes: Rosario y Santa Fe) sancionaran cartas orgánicas aprobadas por la Legislatura, pero la reforma constitucional no pudo ponerse en vigencia hasta 1932. Ese año ambas ciudades sancionaron sus cartas orgánicas, pero en septiembre de 1935 el Gobierno nacional intervino la provincia y derogó la reforma constitucional de 1921, quedando sin efecto la autonomía municipal en la provincia de Santa Fe.23
En 1957 las nuevas provincias de Chubut y de Neuquén y en 1958 la de Misiones reconocieron expresamente en sus constituciones la autonomía de sus municipios, e incluso su facultad constituyente para darse sus propias cartas orgánicas. En 1961 la ciudad de Santiago del Estero sancionó una carta orgánica,4 fallando ese año una convención municipal en La Banda.5
Desde la recuperación democrática de 1983 la siguieron otras provincias: Jujuy, San Juan, La Rioja, Salta y Santiago del Estero en 1986; Córdoba y San Luis en 1987; Río Negro y Catamarca en 1988, Tierra del Fuego y Tucumán en 1990. Sin embargo, hasta 1989 fue materia de interpretación y discusión entre los constitucionalistas argentinos si la Constitución Nacional establecía que los municipios eran autárquicos, eran autónomos o esta materia podía ser establecida por cada provincia.6 De esta forma el alcance de la interpretación por las diversas provincias iba desde meras delegaciones administrativas descentralizadas de los Gobiernos provinciales a gobiernos locales autónomos regidos por sus propias instituciones.
Explicación:
Respuesta:
Allí se inscribe la carta orgánica municipal, norma fundamental del municipio, instrumento político y jurídico que posibilita la fijación de una serie de derechos y obligaciones, la organización de los poderes y la determinación de las atribuciones municipales.
Explicación:
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