Ciencias Sociales, pregunta formulada por jassiel32, hace 29 días

Cuál es la importancia de tener una ley que promueve la reducción de los efectos ante un evento natural o antrópico

Respuestas a la pregunta

Contestado por mixsisotobravo15
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Respuesta:

Lo dispuesto en el artículo 1º y 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio del Interior que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en el decreto supremo Nº 104, de 1977, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I de la ley 16.282, que fija disposiciones permanentes para casos de sismos o catástrofes; en la ley Nº 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del consumo de drogas y alcohol, y modifica diversos cuerpos legales; el decreto supremo Nº 1.512, de 2016, del Ministerio de Interior y Seguridad Pública, que aprueba la Política Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres; la resolución exenta Nº 402, de 2015, de la Oficina Nacional de Emergencia, que resuelve la constitución de la Plataforma Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres y aprueba su reglamento; y la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1. Que, Chile es un país expuesto de manera permanente a amenazas de origen tanto natural como antrópicas; por lo que la vinculación al Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030 integrado con agendas internacionales tales como el Acuerdo de París, la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y la Nueva Agenda Urbana Hábitat III, así como su respectiva implementación, contribuirá a contar con un país más seguro a través de la reducción de vulnerabilidades y el fortalecimiento de la resiliencia frente a dichas amenazas.

2. Que, el Sistema Nacional de Protección Civil se ha sometido a las máximas exigencias este último tiempo, dado el incremento en intensidad y frecuencia de eventos extremos, en parte producto del cambio climático, demostrando que este Sistema ha funcionado adecuadamente, aspecto que ha sido reconocido por los organismos internacionales expertos en la materia.

3. Que, el año 2015 el Estado de Chile como miembro de la Organización de las Naciones Unidas, adhirió al Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030, por el cual los países se comprometen a reducir de manera considerable las pérdidas que ocasionan los desastres en términos de vidas humanas, afectación a personas, pérdidas económicas y daños a infraestructuras críticas e interrupción de servicios básicos. Así también, este marco global busca aumentar las estrategias para reducir el riesgo de desastres a nivel nacional y local, la cooperación internacional, la disponibilidad de sistemas de alerta temprana, la comprensión del riesgo y la comunicación de éste.

4. Que, la Política Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres 2020-2030 fue formulada de manera participativa al alero de la Plataforma Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres, instancia de coordinación intersectorial presente en Chile desde el año 2012 y liderada por la Oficina Nacional de Emergencia.

5. Que, dado el nuevo contexto nacional e internacional, es necesario actualizar la Política Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres aprobada por decreto supremo Nº 1.5120 de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

6. Que, de conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 37 bis de la ley Nº 19.880, se solicitó a todos los Ministerios su conformidad respecto del texto de la Política que por este acto se aprueba, los que remitieron sus respuestas de conformidad al siguiente cuadro, adjuntándose sus copias al presente acto administrativo.

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