¿Cuál es la función política del gobierno y la función de control del gobierno?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Eazy
Explicación:
Función de control
En el sistema parlamentario español, el Gobierno está sometido al control de las Cortes Generales. La intervención del Congreso es decisiva para su formación y puede también provocar su cese a través de diversos medios. El Gobierno responde de su gestión política ante el Congreso de los Diputados, responsabilidad que tiene carácter solidario y, en consecuencia, se extiende al conjunto de sus miembros.
El control parlamentario no sólo se efectúa al comienzo y al término de la vida de los Gobiernos, sino que se mantiene durante toda su ejecutoria.
Investidura del Gobierno
Tras cada renovación electoral del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos de cese del Gobierno (pérdida de la confianza parlamentaria, dimisión o fallecimiento de su Presidente) se hace preciso constituir un nuevo Gobierno.
A tal efecto el Rey, tras oír a los representantes de las distintas fuerzas parlamentarias, propone al Congreso un candidato a la Presidencia del Gobierno, a través del Presidente de la Cámara. El candidato así propuesto debe exponer su programa político, abriéndose a continuación un debate con participación de los representantes de los Grupos Parlamentarios. Para ser investido con la confianza parlamentaria y poder ser nombrado Presidente, el candidato necesita obtener el voto favorable de la mayoría absoluta de los Diputados. Si no la obtiene, se procede a una segunda votación, en la que sólo se requiere la mayoría simple. Si tampoco así se logra la confianza, deben tramitarse propuestas de nuevos candidatos, siguiendo el mismo procedimiento. En el caso de transcurrir dos meses sin que el Congreso haya elegido Presidente del Gobierno, el Rey debe disolver las Cámaras y convocar nuevas elecciones.
La elección de los Ministros y demás miembros del Gobierno no corresponde a la Cámara, sino al propio Presidente del Gobierno, quien propone libremente al Rey su nombramiento y cese.
Mociones de censura y cuestiones de confianza
La aprobación de una moción de censura o la denegación de la confianza son medios con los que el Congreso de los Diputados puede provocar la caída del Gobierno. Tanto una como otra testimonian la ruptura de la relación de confianza que debe existir entre el Gobierno y la Cámara.
La moción de censura es de tipo constructivo, en el sentido de que debe llevar incluida la propuesta de un candidato a la Presidencia del Gobierno. Con ello, se evita que la Cámara pueda derribar al Gobierno constituido si no existe acuerdo sobre el que haya de sucederle y el consiguiente peligro de períodos sin Gobierno. Así pues, la censura del Gobierno existente implica la simultánea elección de uno nuevo. La presentación de una de estas mociones debe hacerse por la décima parte, al menos, de los Diputados y para su aprobación se requiere el voto de la mayoría absoluta.
La cuestión de confianza sólo puede plantearse por el Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros. Su fin es comprobar el respaldo que tiene en el Congreso, y debe formularse en relación a su programa político o a una declaración de política general. A diferencia de lo que ocurre con la moción de censura, sólo se necesita la mayoría simple para que la confianza se entienda otorgada. Si no se alcanza ésta, el Gobierno debe presentar su dimisión, abriéndose entonces el procedimiento de investidura.
Interpelaciones, preguntas y comparecencias
Los Diputados fiscalizan la actuación del Gobierno y, a través suyo, de la Administración pública por medio de preguntas e interpelaciones. Unas y otras suponen una demanda de explicación o información dirigida al Gobierno. Se diferencian porque las preguntas pueden recaer sobre cualquier asunto que incumba a este último, mientras que las interpelaciones afectan a las conducta del ejecutivo en cuestiones de política general, bien del Gobierno bien de algún departamento ministerial, lo que supone reservarlas para temas de marcado interés general. En coherencia con su distinto alcance, las interpelaciones han de formularse en sesión plenaria, mientras que las preguntas pueden recibir contestación gubernamental no sólo en esta forma, sino también en las Comisiones, o por escrito, que se publica en el Boletín Oficial de la Cámara. Además existen, como instrumento de control parlamentario, las comparecencias, mediante las cuales, un miembro del Gobierno, autoridades o funcionarios públicos acuden ante el Pleno o una Comisión para informar en profundidad sobre un tema.