cual es la diferencia entre accion de tutela y accion de cumplimiento
doy corona
Respuestas a la pregunta
Explicación:
En Bolivia, la acción de cumplimiento se constituye en una acción de defensa constitucional1 prevista por el art. 134 de la CPE, cuya finalidad es el resguardo de la eficiencia y efectividad del ordenamiento jurídico respecto de normas constitucionales y de orden legal de carácter operativo, sean incondicionales o con condición cumplida, plazo vencido o de vencimiento inminente, que en relación a los derechos puede tutelarlos de manera directa e indirecta en su dimensión objetiva y de manera indirecta en su dimensión subjetiva. En este sentido, su configuración responde a la de una "acción"2 entendida en su sentido amplio como la facultad de toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera para acceder a un órgano jurisdiccional sin la necesidad de acreditar un perjuicio por el incumplimiento de la norma, ello debido a que el propósito de la acción de cumplimiento es la de efectivizar el ordenamiento constitucional y legal lo que per se constituye en un valor que hace a la pacífica y ordenada convivencia humana de forma que el estado de derecho no sea meramente retórico o declarativo.
En este sentido, José Antonio Rivera Santivañez sostiene que: "se puede señalar que la Acción de Cumplimiento es un proceso constitucional que tiene por objeto hacer cumplir, por la autoridad pública, un mandato imperativo impuesto por el ordenamiento jurídico, en aquellos casos en los que de manera injustificada incumple o se resiste a cumplirlo"3, mientras que Horacio Andaluz Vegacenteno sostiene que es la: "...acción instaurada para defender los mandatos claros y expresos de la Constitución, la demanda de cumplimiento de una ley no puede sino estar atada a dichos mandatos. Por tanto, al exigirse el cumplimiento de dicha ley se está exigiendo el cumplimento, por devolución, de la disposición constitucional que ordenó tal remisión legislativa"4 y tiene como antecedentes en el derecho comparado a:
• El Writ of Mandamus o mandamiento de ejecución, que en el derecho norteamericano constituye una orden judicial a funcionarios públicos para que desplieguen una determinada conducta, en contraposición al Writ of Injuntion que prohíbe a las autoridades la realización de actos lesivos a los derechos o intereses de los ciudadanos.
• El Mandado de Injunção, que en el Brasil procede ante la falta de normativa reglamentaria que impida ejercer derechos constitucionales.
• La acción de cumplimiento del art. 87 de la Constitución de Colombia, que establece que: "toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento de una ley o un acto administrativo. En caso de prosperar la acción, la sentencia ordenará a la autoridad renuente el cumplimiento del deber omitido", competencia de los juzgados contencioso-administrativos cuya resolución es impugnable ante el Concejo de Estado conforme la Ley N° 393 de 1997.
• La acción de cumplimiento para controlar la inactividad administrativa prevista por el art. 200-6° de la Constitución del Perú que establece que: "...procede contra cualquier autoridad o funcionario renuente a acatar una norma legal o un acto administrativo, sin perjuicio de las responsabilidades de ley".
2. El cumplimiento de la normativa como condición de un estado de derecho y fundamento de la acción de cumplimiento
El intento histórico de mejoramiento y perfeccionamiento del "estado de derecho" en Bolivia se tradujo en la complejización de su cualificación, incluyendo a lo largo del tiempo a lo social (igualdad material y no mera igualdad formal de los ciudadanos mediante el establecimiento de condiciones mínimas de educación, de salud, de trabajo, etc.)
Espero te sirva