¿cual es el Tratamiento contable de los impuestos
Nacionales e Impuestos Municipales?
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Respuesta:
Con respecto a la gestión de dichos tributos municipales, la primera
cuestión que surge es saber si el Ayuntamiento debe reconocer el derecho por el
importe de los correspondientes padrones aprobados, imputándolos al
presupuesto de ingresos del ejercicio corriente. La respuesta es no.
No procede registrar los derechos de cobro por la totalidad de las
liquidaciones practicadas o los padrones aprobados. El reconocimiento del
derecho en la contabilidad del Ayuntamiento sólo se puede producir una vez que
nace la obligación de pago en Diputación, y esta Institución sólo tiene obligación
de pagar al Ayuntamiento el importe de los tributos cobrados.
Explicación:
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