¿Cuál es el mayor daño
que ha recibido la ecología mexicana derivado de
la contaminación ambiental?
Porfaaaaaa
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Para poder comprender el significado del daño ambiental, cuáles son sus alcances y finalmente, la gran dificultad o a veces la imposibilidad que implica su reparación, en primer lugar es necesario delimitar cuáles son sus características específicas, las cuales pueden confluir o presentarse separadamente:
. Irreversibilidad.
. Acumulatividad.
. Difuso tanto por la forma de exteriorizarse como por la forma en que se determina la relación causa-efecto.
. Colectivo pues puede presentar una pluralidad de autores, de víctimas o de ambos.
. Es consecuencia de los procesos tecnológicos.
. Carece de espacialidad determinada.
. Se presenta en dos ámbitos al afectar los derechos subjetivos de individuos determinados y el interés común de la sociedad.
Como tal, el daño ambiental, no se define en la LGEEPA, sino que se utiliza el término "desequilibrio ecológico", conceptualizado como: "La alteración de las relaciones de interdependencia de los elementos naturales que conforman el ambiente, que afecta negativamente la existencia, transformación y desarrollo del hombre y demás seres vivos".
La Ley Ambiental del Distrito Federal incorpora el concepto de daño ambiental, definiéndolo de la siguiente forma: "Toda pérdida, disminución, detrimento o menoscabo significativo inferido al ambiente o a uno o más de sus componentes".
Esta segunda definición se enfoca más hacia el sujeto ambiente, encauzando la acción jurídica hacia la reparación del daño que una acción lícita o ilícita pueda provocar sobre el ambiente o sus componentes, independientemente de que esta acción pudiese o no resultar en efectos negativos sobre el hombre y de las subsecuentes acciones jurídicas que ello pudiese suscitar.
Sin embargo, es difícil, y en muchas ocasiones imposible, separar al daño ambiental de las implicaciones que este tiene sobre la calidad de vida de la gente, tal como se manifiesta en la siguiente definición: "Daño ambiental es toda lesión o menoscabo al derecho o interés que tienen los seres humanos, como vecinos o colectividad, a que no se alteren de modo perjudicial sus condiciones naturales de vida".