¿Cuál es el deber del Estado y de todo ciudadano para proteger nuestro Patrimonio Natural?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Así como hemos señalado1 que el disfrute del patrimonio cultural es un derecho cuyo acceso es
fundamental, creemos también necesario manifestar que los Estados son los garantes del respeto
irrestricto de los mismos. Por su parte, todas las personas‐individual y colectivamente‐ deben
comprometerse a exhortar a sus autoridades a asegurar su cumplimiento, afirmando su propio
bienestar y desarrollo a través del ejercicio de su ciudadanía.
Cuando la Declaración Universal de los Derechos Humanos señala2 que los Estados deben
reconocer los derechos culturales de todas las personas, establece con igual vigor que dichos
Estados deben adoptar –entre otras– las medidas que sean necesarias para la conservación, el
desarrollo y la difusión de la ciencia y de la cultura.
Al suscribir la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural de la
UNESCO3
, los Estados parte reconocieron que la protección por ellos otorgada a escala nacional es,
en muchos casos, insuficiente; situación que se agravaría en el caso de ciertos bienes del
patrimonio cultural que presentan un interés excepcional, por el cual deben conservarse como
elementos del patrimonio mundial de la humanidad entera.4
El Perú, según lo estipulado en los artículos 4° y 5° del Capítulo II de la Convención (relativo a la
Protección Nacional y Protección Internacional del Patrimonio Cultural y Natural) asumió la
obligación de identificar, proteger, conservar, rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras el
patrimonio cultural situado en su territorio. De la misma forma, se comprometió a adoptar una
política general encaminada a atribuir a este patrimonio una función en la vida colectiva y a
integrar su protección en los programas de planificación general; a desarrollar estudios e
investigación científica y técnica y perfeccionar los métodos de intervención que permitan a su
administración hacer frente a los peligros que lo amenacen; y a adoptar las medidas jurídicas,
científicas, técnicas, administrativas y financieras adecuadas para identificar, proteger, conservar,
revalorizar o rehabilitar el patrimonio cultural. Adicionalmente, en cumplimiento del artículo 27°
de la Convención, nuestro país se constriñe a utilizar todos los medios para lograr estimular el
respeto y el aprecio del patrimonio cultural en la población, y a informar ampliamente al público
Explicación:
es mucho lo se :<
Respuesta:
el deber del Estado es el de brindar los suficientes recursos para que los líderes políticos puedan arreglar de manera profesional el patrimonio Natural y también promover leyes las cuales motiven a la protección y preservación de Nuestro patrimonio Natural.Nosotros cómo ciudadanos debemos no solo proteger nuestro patrimonio Natural sino incentivar a nuestros familiares y amigos que lo hagan así las futuras generaciones podrán intervenir de manera que también protegerán el patrimonio Natural.