Castellano, pregunta formulada por luwchoi, hace 10 meses

¿cual es el contenido que debe protocolizarse en la escrituras públicas de fusión o adicionarse a las actos de fusión de una sociedad mercantil?​

Respuestas a la pregunta

Contestado por lisethher1621
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Respuesta:

La fusión es una reforma estatutaria a través de la cual, una o más sociedades se disuelven sin liquidarse y transfieren en bloque sus patrimonios para ser absorbidas por otra u otras sociedades o, para crear una nueva compañía (artículo 172 del Código de Comercio).

La fusión requiere autorización por parte de la Superintendencia de Sociedades, de conformidad con el numeral 7º del artículo 84 de la Ley 222 de 1995. Dicha autorización podrá ser conferida de manera general o de manera previa en los términos establecidos en la Circular Básica Jurídica – CBJ (Circular Externa No. 100-000005 de 2017).

El régimen de autorización general aplica a cualquier sociedad, sucursal de sociedad extranjera o empresa unipersonal que no se encuentre en alguno de los casos descritos en la CBJ que la obliguen a obtener autorización particular. Las sociedades destinatarias del régimen general deben cumplir con la totalidad de los requisitos de transparencia y revelación, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos señalados en la ley para este tipo de reformas los cuales deben estar disponibles cuanto esta Superintendencia lo requiera.

Según lo dispuesto en el artículo 2.2.2.1.1.6 numeral 4º del Decreto 1074 de 2015, la autorización de este trámite es entendida de carácter general, sin perjuicio de su verificación posterior, por parte de esta Entidad.

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